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El Gobierno quiere simplificar la red de más de 4.000 convenios

El Ministerio de Trabajo pretende atajar los periodos de vigencia de los contenidos de los convenios colectivos, cualquiera que sea su ámbito de aplicación, y eliminar los pactos de ámbito intermedio (especialmente el convenio provincial de rama) que amplía los contenidos del convenio sectorial nacional, añade costes y se convierte en referencia que daña los pactos paralelos o inferiores. En España hay 4.700 convenios; más de 1.000 son sectoriales (mayoritariamente de ámbito inferior al nacional) y el resto son de empresa.

El Gobierno quiere que la reforma de la estructura de la negociación colectiva flexibilice las relaciones laborales entre el empresario y el trabajador y elimine los incrementos de costes que suponen los convenios sectoriales de ámbito inferior al nacional (autonómicos, provinciales y locales).

En la actualidad, el periodo de vigencia de todos los contenidos de un convenio lo fijan los negociadores y suele ser anual o plurianual.

Cuando se agota la vigencia de un convenio colectivo, y hasta la negociación del próximo, sus contenidos permanecen aplicables para los trabajadores a los que afecta. Además, a la hora de negociar un convenio se conservan todos los derechos adquiridos en el anterior; estas dos circunstancias configuran lo que se conoce como ultraactividad de los convenios; esto es, que sus contenidos siguen vivos eternamente hasta que no se pacte lo contrario.

Desde 1994 el Estatuto de los Trabajadores permite a las partes negociadoras "pactar distintos periodos de vigencia para cada materia o grupo homogéneo de materias dentro del mismo convenio".

Sin embargo, desde entonces, las partes no han hecho sino un uso muy limitado de esta prerrogativa del Estatuto y no fijan límites en la vigencia de los contenidos de los convenios, con lo que la ultraactividad actúa constantemente, según informaron fuentes patronales. La pretensión del Ejecutivo es fijar en la ley límites temporales a la vigencia de determinadas materias de los convenios, o lo que es lo mismo, eliminar parcialmente la ultraactividad.

No obstante, cuando termine la vigencia de estos convenios o de las materias limitadas, los trabajadores a los que afecte no quedarán al descubierto, sin derechos, sino que los conservarán hasta la negociación del próximo convenio, no ocurrirá lo mismo con los nuevos trabajadores que entren en la empresa cuando haya terminado la vigencia del convenio.

Simplificar la estructura

La otra gran modificación que persigue el Ejecutivo está destinada a simplificar la estructura de la negociación colectiva. Actualmente la maraña de más de 4.000 convenios se estratifica en cascada y se solapan en sus contenidos, hasta el punto de imponer obligaciones de difícil cumplimiento a algunas empresas.

En la cúspide están los convenios de cada sector de aplicación nacional, y en la base, los convenios que tiene cada empresa. Pero también existe un nivel intermedio con un millar de convenios sectoriales de ámbito autonómico, provincial y local. Son éstos los que más complicación introducen en la negociación colectiva, ya que, en la mayoría de las ocasiones, no aportan grandes mejoras respecto a los sectoriales, pero, a su vez, sí añaden costes y limitan el desarrollo de los convenios de empresa.

La reforma que idea el Gobierno pretende delimitar bien las materias a incluir en los convenios sectoriales de ámbito nacional que no se podrán luego negociar en ámbitos inferiores. El resto de los contenidos se negociará libremente por los convenios de ámbito de empresa, sin que los autonómicos, provinciales y locales los constriñan.

El Estatuto de los Trabajadores considera materias no negociables de los convenios intermedios el periodo de prueba, las modalidades de contratación, los grupos profesionales, el régimen disciplinario y las normas mínimas en materia de seguridad e higiene en el trabajo y movilidad geográfica.

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