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Nueva norma de la UE sobre liquidación de entidades de crédito

Los ministros de Economía y Finanzas de la UE adoptaron ayer formalmente una nueva legislación comunitaria que garantiza la igualdad de trato a todos los acreedores en caso de liquidación de entidades de crédito. La directiva establece un enfoque coherente en toda la Unión al estipular que las autoridades administrativas y judiciales del Estado miembro de origen son las únicas con jurisdicción para sanear o liquidar una entidad crediticia y sus sucursales.

Este enfoque es consistente con el principio del control en el país de origen, que es la base de todas las demás directivas bancarias de la Unión. Su objeto no es armonizar la legislación nacional, sino garantizar el reconocimiento mutuo de las medidas de saneamiento y de los procedimientos de liquidación de los Estados miembros, así como la cooperación necesaria entre las autoridades administrativas, judiciales y de supervisión del Estado miembro de origen y de acogida.

Los derechos de los acreedores de otros Estados miembros se salvaguardarán con el mismo celo que los del Estado miembro de origen de la entidad. La directiva, propuesta por primera vez en 1985, estuvo durante años bloqueada debido al contencioso hispano-británico sobre la designación de la "autoridad competente" para Gibraltar. El acuerdo alcanzado entre Londres y Madrid el pasado año sobre un conjunto de normas afectadas por el diferendo gibraltareño permitió al Consejo de la UE fijar una posición común y someter el texto al Parlamento Europeo.

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