_
_
_
_

El Ayuntamiento de Lleida desata una batalla legal por el impuesto a los cajeros

El Ayuntamieto de Lleida quiere que todos los cajeros automáticos paguen el impuesto de actividades económica, y ha recurrido una sentencia que eximía del pago a un cajero de La Caixa situado en la Universidad.

El Ayuntamiento de Lleida ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra la sentencia del Tribunal Económico Regional de Cataluña que exime a La Caixa de pagar el impuesto de actividades económicas (IAE) correspondiente a entidades bancarias por un cajero automático instalado en el recinto de la Universidad de Lleida.

El ayuntamiento considera que un cajero automático debe tributar como entidad bancaria con una cuota de 269.584 pesetas anuales. Según esta opinión, "los cajeros se encuentran en recintos ajenos a la entidad bancaria y prestan al usuario servicios de tipo bancario". Por su parte, La Caixa defiende que debe aplicarse el IAE referido a actividades prestadas mediante máquinas automáticas o recreativas cuya cuota municipal anual asciende a 725 pesetas.

æpermil;ste es el segundo recurso ante el TSJC que presenta el Ayuntamiento de Lleida contra sentencias del Tribunal Económico Regional de Cataluña que afectan a cajeros automáticos de La Caixa.

El Ayuntamiento de Lleida ha decidido acudir al TSJC animado por la sentencia favorable y no recurrible que dictaminó en febrero del pasado año el Juzgado Contencioso Administrativo de Lleida contra el Banco Santander Central Hispano (BSCH) al que obligaba a pagar el IAE de entidad bancaria por un cajero automático situado en el recinto universitario de Lleida.

El BSCH ya paga

Según esta sentencia, pionera en España, "debe darse por buena la calificación de cajero automático en el epígrafe 811 porque estamos ante una actividad bancaria, es decir, ante una instalación que puede prestar buena parte de los servicios descritos en ese epígrafe" y, en consecuencia, esa actividad "no puede ser calificada ni como máquina recreativa, ni como instalación similar a otro tipo de máquinas como las plastificadoras de documentos, de impresión de tarjetas, básculas o aparatos de medición de peso, de presión arterial y otros, etcétera".

En aplicación de la sentencia, el BSCH ha tenido que abonar al ayuntamiento la cantidad de 1.231.170 pesetas, de las que 352.326 corresponden a 1997, y 439.422 pesetas anuales, por el IAE de 1998 y 1999.

Tanto La Caixa como el BSCH defienden la tributación de los cajeros como máquinas automáticas, amparándose en una consulta que la banca formuló en 1996 a la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales, que consideraba que los cajeros debían acogerse al epígrafe de máquinas automáticas. El Ayuntamiento de Lleida asegura que "pese a que la mayoría de municipios aplican este epígrafe, la consulta no era vinculante".

Archivado En

_
_