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Una sentencia exime del IAE a Feria de Valencia al tratarse de un consorcio

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha fallado a favor del recurso presentado por Feria de Valencia contra el pago del impuesto de actividades económicas (IAE). La sentencia anula una resolución anterior que obligaba a la institución a abonar 33 millones de pesetas al Ayuntamiento de Valencia, cantidad correspondiente a los ejercicios de 1993 y 1994.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, considera que Feria de Valencia "reúne las características y naturaleza jurídica de un consorcio, como forma cooperativa entre una Administración local y otras Administraciones y entidades privadas para una mejor gestión de una feria como actividad de interés público en el ámbito de competencia de los servicios municipales". Por este motivo, y según el fallo del TSJ, Feria de Valencia no necesita obtener licencia fiscal, con lo que queda eximida de pagar el IAE.

El Ayuntamiento de Valencia reclamó a la institución ferial el pago de este impuesto en los años previos a 1995, aunque judicialmente sólo se vio lo correspondiente a los ejercicios de 1993 y 1994 al estar prescritas las deudas anteriores.

La feria solicitó la exención, pero un juzgado rechazó en una primera instancia la pretensión de la institución. Ahora la resolución del TSJ da la razón a Feria de Valencia al considerar que el consorcio es una fórmula de gestión de un servicio público, como es la feria, y considera contrario a Derecho exigir el pago del IAE.

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