_
_
_
_

La UE reforzará la protección de los trabajadores de empresas insolventes

La CE ha elaborado una propuesta para reforzar la protección de los trabajadores en caso de insolvencia del empresario. Esta directiva prevé la obligación para los Estados miembros de crear un organismo competente para casos de insolvencia transfronterizos que garantice a los trabajadores el cobro de las remuneraciones correspondientes a un periodo de al menos tres meses.

Las actividades de las empresas tienen un carácter cada vez más transnacional, y la UE considera que las situaciones de empresas con centros o presencia comercial en varios Estados miembros no deja de tener consecuencias para los trabajadores asalariados de estas empresas. Ocurre incluso aunque estos asalariados no se desplacen a otro Estado miembro para efectuar su trabajo.

Así lo asegura el texto de la propuesta de directiva elaborada a instancias del Parlamento Europeo y del Consejo. La propuesta pretende adaptar la legislación comunitaria a "las nuevas realidades del mercado de trabajo y las reestructuraciones y reconfiguraciones realizadas dentro de las empresas".

La propuesta de directiva, elaborada por el Parlamento Europeo, que preside Nicole Fontaine, prevé la obligación para los Estados miembros de crear un organismo que garantice a los trabajadores el cobro de los créditos impagados y que se refieran a una remuneración correspondiente a un periodo determinado de al menos tres meses.

Pretende, además, adaptar el concepto de insolvencia, determinar con mayor exactitud el campo de aplicación, simplificar algunas disposiciones y permitir la determinación del organismo competente para casos de insolvencia que tengan alcance transfronterizo.

Así, la Comisión propone introducir una nueva dis-posición en la futura directiva que determine explícitamente la institución de garantía competente para el abono de los créditos salariales que se adeude a los trabajadores que trabajen en diferente Estado del lugar en el que se encuentra la empresa que ha entrado en crisis.

El mecanismo entrará en funcionamiento cuando la empresa o empresario ejerza su actividad en el territorio de varios Estados miembros y exista una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia en un Estado miembro. Por otra parte, la futura directiva pretende que se amplíe el concepto de trabajador asalariado -que es a quien cubre la norma- de forma que proteja también a los trabajadores a tiempo parcial y a quienes tengan contratos temporales.

Además, y con el fin de asegurar que los trabajadores cobren, la directiva establecerá un sistema de cooperación administrativa entre los Estados miembros con el fin de facilitar el desarrollo de los procedimientos de pago.

Archivado En

_
_