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El Gobierno, condenado a pagar medio billón a los funcionarios

Una sentencia de la Audiencia Nacional ha anulado la congelación salarial de los empleados públicos en 1997. El texto legal obliga a la Administración a abonar estos atrasos que, acumulados desde entonces, suman más de medio billón de pesetas.

La sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado la congelación salarial de los funcionarios de 1997, en una sentencia que obliga a la Administración a pagar el incremento retributivo correspondiente a ese año y las cantidades dejadas de percibir en años sucesivos.

Esto supondrá un coste de medio billón de pesetas para las arcas públicas, ya que en 1997, la masa salarial de los aproximadamente 800.000 empleados públicos de la Administración Central del Estado ascendía a 4,3 billones.

Teniendo en cuenta que la sentencia obliga a abonar al menos la subida del IPC previsto para 1997 (2,6%), cada punto de la masa salarial representa 43.000 millones de pesetas. Por tanto, el incremento de 1997 habría costado 112.000 millones de pesetas; su consolidación de esta cuantía en la nómina de los funcionarios hasta la fecha supone un coste superior al medio billón de pesetas (en torno a 560.000 millones de pesetas).

Pero esto no es todo, ya que, además esta sentencia ordena a la Administración a negociar con los sindicatos de la Función Pública "en el menor plazo posible" incrementos salariales superiores al IPC de 1997.

El Gobierno anunció ayer que recurrirá la sentencia porque la doctrina que contiene comporta "una seria restricción a la potestad legislativa de las Cortes en la aprobación de la Ley de Presupuestos".

Según argumenta el fallo de la Audiencia, el entonces ministro para las Administraciones Públicas, Mariano Rajoy, informó "unilateralmente" a la Mesa General de Negociación de la decisión de la Administración del Estado de no incrementar las retribuciones de los funcionarios para 1997, lo que se reflejó en los Presupuestos Generales del Estado.

Asimismo, la Administración excluyó de la negociación con los sindicatos los aumentos salariales de los funcionarios acogidos al Acuerdo de 15 de Septiembre de 1994, que establece el incremento automático de las retribuciones de los empleados públicos según el IPC de 1996 y 1997 y la obligación de negociar aumentos superiores "atendiendo a otros factores".

La Audiencia cree que la Administración vulneró la Ley, ya que tiene la obligatoriedad de negociar "de buena fe" -en negociación colectiva-, aspectos como los salarios, y que excluir de la negociación alguna materia específica "sólo podrá hacerse con el consentimiento de ambas partes negociadoras" y no unilateralmente, como indica que lo hizo Rajoy. El tribunal añade que " no es posible" que con el pretexto de elaborar unos presupuestos -los de 1997- sometidos a "intereses sociales" como el saneamiento de la economía española que "hacía necesario el incremento cero en las retribuciones de los funcionarios"-, se eliminen "compromisos de gastos válidamente asumidos por la Administración".

En el Acuerdo de septiembre de 1994, que engloba a los colectivos de funcionarios afectados por esta sentencia está incluido el personal de la Administración Civil del Estado, de sus organismos autónomos, de la Seguridad Social y de los Entes Públicos representados en la Mesa General de la Negociación.

Para el personal de la Administración de Justicia, Correos, Instituciones Sanitarias Públicas, personal docente o no de las Universidades, el incremento salarial se aplicará "siempre que las peculiaridades de su concreto estatuto lo permita".

En el caso de no prosperar el recurso, Hacienda se enfrenta a un grave problema para cumplir su objetivo de "déficit cero".

raron que la Administración no contempla aún ese caso ya que está estudiando cualquier posibilidad jurídica de recurrir la sentencia.

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