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Los comercios dispondrán en diciembre de billetes en euros

Las entidades de crédito adelantarán a diciembre de este año la distribución de billetes de 5 y 10 euros entre el pequeño comercio para ir familiarizando a los consumidores y pequeños empresarios del uso de la nueva moneda, cuyo curso legal será efectivo a partir del 1 de enero de 2002.

El euro se acerca al consumidor a pasos agigantados. El ministro de Economía, Rodrigo Rato, y el gobernador del Banco de España, Jaime Caruana, firmaron ayer un acuerdo con los presidentes de la Asociación Española de la Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito para hacer posible el adelanto de la distribución de billetes en euros entre el pequeño comercio, aunque el papel-moneda sólo tendrá curso legal a partir del 1 de enero de 2002.

Según el acuerdo alcanzado, los pequeños comerciantes podrán retirar de las ventanillas de las entidades de crédito billetes pequeños (sólo de 5 y 10 euros) con el objeto de ir familiarizándose con ellos, según las instrucciones del II Plan de Transición al Euro, que prevé la distribución de esos billetes también en cajeros automáticos de zonas muy concurridas como universidades o centros comerciales. No obstante, estos billetes no tendrán valor hasta un mes más tarde. El 1 de enero de 2002 entrará en circulación todos ellos (los de 5 y 10 euros ya repartidos, junto a los de 20, 50, 100, 200 y 500 euros) y las monedas de la nueva divisa. Jaime Caruana espera que, para esa fecha, esté repartido ya el 40% de los billetes de euros, que representan el 23% del valor total de todo el papel moneda que se canjeará en España.

Cajeros automáticos

Las entidades de crédito se han comprometido también a que el 85% de los billetes que se distribuyen en los cajeros automáticos estén disponibles en euros antes del 6 de enero de 2002.

Bancos y cajas de ahorros colaborarán, asimismo, para que el reparto de los nuevos billetes y monedas abarque todo el territorio nacional, con especial atención a los colectivos rurales que no cuenten con sucursales bancarias.

Por otra parte, el acuerdo firmado ayer permite la redenominación en euros, a partir del 15 de septiembre, de las cuentas bancarias y de los medios de pago relacionados con ellas. A partir de esa fecha, las entidades podrán formalizar también en euros operaciones habituales con el pequeño consumidor como préstamos hipotecarios, préstamos personales, avales y todo tipo de contratos bancarios.

De esta forma, desde el 15 de septiembre, los consumidores podrán extender cheques en euros, recibir los saldos bancarios en la nueva divisa (hasta ahora se reciben en pesetas, con la equivalencia en euros) y obtener información sobre el pago de facturas (luz, agua, teléfono) también en euros.

"Se trata, ante todo, de que en el último trimestre del año la convivencia con la moneda se haga una realidad entre todos", añadió el vicepresidente segundo, Rodrigo Rato, tras la firma del acuerdo. Por su parte, el presidente de la AEB, José Luis Leal, resaltó la posibilidad de que las cajas de ahorros, bancos y cooperativas de crédito amplíen el horario de sus oficinas por las tardes para facilitar la transición a la nueva moneda, tal y como se dispone también en el acuerdo, algo que afectaría a cerca de 200.000 trabajadores del sector.

Ampliación de horarios

Leal matizó que ello se efectuaría "en el marco de los convenios actuales". Los sindicatos CC OO y UGT pedirán a la AEB que todo el personal afectado tenga las mismas condiciones en materia de horarios y remuneraciones extras, informa Efe. Las centrales reconocen que la llegada del euro "exige del esfuerzo de todos" y aseguran que en el sector se está retrasando la aplicación de algunas prejubilaciones para poder atender al incremento de actividad por el canje de moneda.

Desde el punto de vista jurídico, el euro es la moneda de los Estados miembros de la Unión Monetaria desde el 1 de enero de 1999, por lo que se pueden fijar contratos, crear sociedades, denominar nóminas en euros desde esa fecha.

Las sociedades que así lo deseen pueden redenominar el capital social y el valor nominal de las acciones o participaciones durante el periodo transitorio (hasta el 31 de diciembre de 2001). Después de esa fecha la redenominación se hará de forma automática mediante la aplicación del tipo de conversión y normas de redondeo oficiales.

Desde el punto de vista impositivo, los contribuyentes pueden utilizar ya el euro para saldar sus deudas fiscales, con independencia de que la liquidación que se abona utilice la peseta o la nueva divisa. De esta forma, el contribuyente que tenga ya una cuenta corriente en euros simplemente ha de ordenar a su entidad financiera que transfiera al Tesoro el importe de la liquidación (si está en euros) o el número de euros equivalente a la deuda tributaria, expresada en pesetas.

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