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Dos piratas informáticos deben pagar 54 millones a los perjudicados

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a dos personas que se dedicaban al tratamiento informático de datos y reproducción de los mismos en CD-Rom y a un tercer colaborador a la pena de prisión de seis meses, así como al pago a las empresas perjudicadas de una indemnización por valor de 54.550.006 pesetas.

Según explica la sentencia, "los acusados se dedicaban en sus propios domicilios a la reproducción de programas informáticos sin autorización de los titulares de los derechos de explotación, para su venta y distribución en disquetes o CD-Rom a terceros a precios inferiores a los del mercado, sin que conste que de dicha actividad tuviera conocimiento la sociedad cooperativa para la que trabajaban".

El fallo judicial indica también que "se trata de actividades no autorizadas al ser necesaria la licencia de usuario para disponer de los programas. La copia no autorizada de programas de ordenador -piratería- constituye una agresión ilícita a los derechos del autor o del titular".

En la resolución condenatoria, el tribunal también apunta que los acusados "sabían la ilicitud de su conducta, dada la formación académica y amplios conocimientos informáticos".

Para el abogado de la acusación particular, Jordi Bertomeu García, "esta sentencia confirma el buen funcionamiento de los mecanismos legales en defensa de los derechos de la propiedad intelectual de los programas de ordenador".

La reproducción y distribución de programas de ordenador ilegales en nuestro país acarreó sólo el pasado año pérdidas de unos 47.500 millones para el sector, cifra que sitúa a España como el segundo país con mayor índice de piratería informática de toda la Unión Europea, después de Grecia.

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