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Tribunales

La Audiencia de Madrid insta al juez a acelerar la instrucción del ‘caso Rato’

La Audiencia deniega el recurso del expresidente de Bankia que pedía información de todos los empleados relacionados con la adjudicación de contratos publicitarios.

El expresidente de Caja Madrid Rodrigo Rato a su llegada a la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares.
El expresidente de Caja Madrid Rodrigo Rato a su llegada a la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares.EFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha recordado este martes al juez titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid Antonio Serrano Arnal, que investiga el patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, que la instrucción no puede convertirse en una “indagación agotadora” y que las diligencias en esta fase deben ir encaminadas a preparar el juicio.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la sección 23 de la Audiencia Provincial desestima el recurso interpuesto por el exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) contra la decisión del magistrado instructor de no solicitar a Bankia información individualizada sobre los empleados de la entidad implicadas en la adjudicación de contratos de publicidad a favor de las empresas Zenith y Publicis.

Se trata de una pieza separada en la que se investiga el papel que pudo tener Rato en la adjudicación de determinadas campañas de publicidad sobre la salida de la entidad a bolsa en el momento en que ostentaba la presidencia de la misma a cambio de comisiones a cambio de comisiones ilegales por valor superior a los 830.000 euros.

La Audiencia desestima la solicitud hecha por Rato así como por las empresas de publicidad mencionadas y recuerda en su auto con fecha del 24 de marzo que acoger el recurso sería incluso “perjudicial para la causa” en tanto prolongaría más en el tiempo la fase de instrucción de la misma.

Los magistrados recuerdan al juez instructor que la dilación injustificada de una instrucción conduce “sencillamente” a una justicia tardía y que, aunque no se trata de entorpecer el derecho a la defensa del acusado, tampoco hay que consentir que la instrucción se prolongue “innecesariamente más allá de lo que son sus fines”. Además, matiza que el derecho a prueba “no es absoluto ni ilimitado” y que hay que evitar “diligencias inútiles e indebidas indagaciones”.

Respecto al contenido de la solicitud, la Sección 23 establece que en providencia de julio de 2016 el magistrado Serrano Arnal requirió a Bankia el nombre de los miembros del Comité de Medios de dicha entidad a petición del propio Rato con la consiguiente entrega ante el juzgado de la entidad nacionalizada que “se ajustó escrupulosamente” a lo demandado.

No obstante dicha información no refleja si los informes favorables a la adjudicación a estas empresas fueron aprobados por unanimidad o tan solo elaborados y aprobados por algunos miembros del Comité, reconociendo así el sentido de la solicitud de esta diligencia por parte de la defensa, si bien también le recuerda que han incurrido en “pasividad” al recurrir la decisión con tal dilación de tiempo.

Los peritos de la ONIF que elaboraron el informe sobre el entramado societario del exbanquero según el cual este habría defraudado cuotas por un importe total cercano a los 6,8 millones de euros, declararán ante Serrano Arnal el próximo 19 de abril y no el 30 de marzo como estaba previsto en un principio.

El informe elaborado por la Oficina nacional de Investigación del Fraude (ONIF) y al que tuvo acceso Europa Press, detectó rentas no declaradas del exvicepresidente económico del Ejecutivo en el IRPF por un importe ligeramente superior a los 14 millones de euros entre los años 2004 y 2015.

La ONIF considera que entre 2009 y 2015 el periodo de las cuotas supuestamente defraudadas alcanzan “los 5,4 millones” y proceden de ganancias de patrimonio no justificadas derivadas del tráfico de dinero, actividades económicas en calidad de asesor, conferenciante, o de gastos de su actividad empresarial no deducibles.

Rato respondió en declaraciones a Europa Press, que “en todo momento actuó conforme a las leyes tributarias” y anunció que contestaría “puntualmente” a la acusación definitiva de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), mientras que las sociedades Publicis y Zenith alegaron que no guardan “ningún tipo de relación” con Cor Comunicación, empresa publicitaria propiedad del propio Rato.

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