Consejeras en la banca, un problema de ley y cultura

La presencia de mujeres en la cúpula de las entidades financieras españolas es inferior a la de otros países, aunque la regulación española es menos laxa

El análisis comparativo sobre la presencia de mujeres en las cúpulas de poder de la gran banca española respecto a la de otros países europeos arroja dos grandes conclusiones, una puramente aritmética y otra que apunta más allá de los números. La primera es que el sector financiero español está a la cola de Europa en esta materia, puesto que mientras en Alemania, Francia e Italia el porcentaje de directivas que se sienta en el principal órgano de gobierno de la banca ronda entre el 40% y el 50%, en España la horquilla se mueve entre el 36% y el 40%. La comparación permite testar también, de forma indirecta, la situación en el resto de grandes empresas cotizadas, porque la banca es uno de los sectores que mayor cuota de mujeres incorpora en los consejos y que cumple con mayor efectividad las directrices de la CNMV. El regulador recomendó que en 2022 el 40% de los sillones de los consejos de administración de las empresas estuviesen ocupados por consejeras.

Sin embargo, la norma de la CNMV no contempla un régimen sancionador, dado que en Europa no es imperativo todavía, lo que explica las diferentes velocidades de cumplimiento de las entidades. Así, solo Santander, BBVA, CaixaBank, Bankinter y Unicaja han cumplido ya con la cuota del 40%, de forma sobrada en el caso de Bankinter, donde la presencia de directivas alcanza el 45%.

La segunda conclusión que arroja la comparación con Europa es que garantizar una presencia equilibrada de hombres y mujeres en los consejos de administración exige contar con una norma regulatoria clara y contundente, pero no depende solo de esta. Paradójicamente, los países europeos con mayor número de directivas en las cúpulas de la banca son Francia y Alemania, donde los porcentajes alcanzan el 50% en algunas de las grandes entidades, pese a que ambos cuentan con una regulación bastante más laxa que la española, que fija el umbral imprescindible de presencia de mujeres solo en un 30%. Todo ello apunta a la existencia de un factor cultural que tiene un peso notable y va más allá de la letra de la ley.

Desde el punto de vista regulatorio, la Unión Europea ha aprobado una normativa que obligará a que todas las compañías cotizadas tengan en sus consejos al menos un 40% de cuota femenina a mediados de 2026 y que garantizará la obligación de acreditar operativamente ese umbral. A partir de ese umbral, como en Francia y Alemania, la solución de los desequilibrios tendrá que ver con la ley, pero también con la igualdad de oportunidades y con miradas libres de sesgo sobre los candidatos potenciales.

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