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En colaboración conLa Ley

El notariado se revuelve contra el anteproyecto de Ley de Integridad Pública

Aumentará costes y burocracia paras las empresas, según los notarios

Un momento de la jornada sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública. De pie, al fondo, Concepción Pilar Barrio del Olmo.Foto cedida.

Concepción Barrio del Olmo, presidenta del Consejo General del Notariado, ha intervenido este viernes en una jornada sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública y la reforma de la sociedad limitada organizada por el notariado. La presidenta respalda la lucha contra la corrupción, pero cuestiona el enfoque de la futura norma que, ha señalado, supondrá más burocracia y costes para las empresas.

En su intervención, Concepción Barrio del Olmo ha apoyado el anteproyecto como parte ambiciosa del Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, aprobado en agosto de 2025. La presidenta de los notarios ha destacado su rol en restaurar la confianza ciudadana en las instituciones y ha enfatizado que la corrupción es una lacra social que perjudica a todos y que el notariado sigue comprometido en combatirla.

Sin embargo, Barrio del Olmo ha cuestionado si la “desnaturalización” del derecho mercantil es el camino correcto, la eficacia de algunas medidas o si estas comprometen el dinamismo y la seguridad del mercado español. La presidenta ha alertado sobre el riesgo de que se burlen fácilmente eligiendo formas societarias alternativas, sobrecargando a pymes y microempresas (el 99% del tejido empresarial).

Concepción Barrio del Olmo ha recordado que la Base de Datos de Titularidad Real del notariado está considerada como buena práctica internacional por el GAFI y ya facilita transparencia contra el blanqueo sin necesidad de cambios drásticos. La presidenta ha criticado el olvido de esta herramienta en el anteproyecto, pese a su implementación efectiva.

En su opinión, el anteproyecto supone un cambio radical: la inscripción de participaciones sociales en el Registro Mercantil pasa de declarativa a constitutiva de efectos, dependiente incluso de documentos privados con firma electrónica. Esto compromete, ha dicho, “la seguridad jurídica, ya que privilegia documentos privados sobre públicos, contradiciendo principios como el artículo 18 del Código de Comercio y facilitando fraudes”.

La presidenta de los notarios ha sugerido soluciones más simples, como modificar el artículo 106 de la Ley de Sociedades de Capital para exigir escritura pública en las transmisiones, obligar a la llevanza del libro de socios en Registro o regular direcciones únicas, sin alterar el paradigma registral. Ha enfatizado la defensa de la seguridad jurídica como principio constitucional esencial del Estado de Derecho.

“Van a aumentar los costes para las empresas y la burocracia sin incrementar la eficiencia del objetivo de lucha contra la corrupción” ha resumido la presidenta en la presentación de esta jornada, organizada por el CGN y la Fundación Notariado, que ha reunido a una docena de expertos en derecho civil, mercantil y notarial en la Fundación Ortega y Gasset.

En la mesa titulada el Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública y la reforma de la sociedad de responsabilidad limitada, el moderador, Luis Enrique Mayorga, notario y decano del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, ha puesto en valor el papel del notario en la transmisión de participaciones: “Garantiza la legalidad del negocio jurídico, identifica fehacientemente a los intervinientes, y comprueba su capacidad, legitimación y adecuación a la normativa vigente y a los estatutos sociales”, ha asegurado.

A continuación, Lorenzo Prats, catedrático de derecho civil, ha advertido de que la propuesta de reforma podría favorecer dinámicas al margen del sistema de transmisión de participaciones sociales. “Podría generar un mercado B de participaciones, un tráfico descontrolado. En el Registro, si entra basura, no puede salir más que basura”. Por su parte, Andrés Recalde, catedrático de derecho mercantil, ha señalado que el modelo planteado genera problemas de convivencia entre instrumentos. “En ningún país se contempla la convivencia de dos registros: el de socios y el Registro Mercantil”, ha concluido.

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