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La justicia no es un ‘reality show’: el peligroso espectáculo de las filtraciones

Las grabaciones de declaraciones judiciales de Íñigo Errejón o Begoña Gómez han convertido los procesos judiciales en curso en espectáculos mediáticos, ¿en qué momento la justicia se ha convertido en entretenimiento?

El exdiputado Íñigo Errejón a su salida tras declarar en el Juzgado de Instrucción Número 47 de Plaza de Castilla por una denuncia de Elisa Mouliaá por un posible delito de agresión sexual.Samuel Sánchez

En los últimos meses, hemos sido testigos de un fenómeno preocupante: la transformación de nuestros juzgados de instrucción en improvisados platós televisivos. La revelación indiscriminada de grabaciones en los medios ha alcanzado niveles alarmantes. Las grabaciones de declaraciones judiciales en las causas de Íñigo Errejón, Begoña Gómez, David Sánchez o las del denominado caso Koldo, han inundado nuestras pantallas, convirtiendo procesos judiciales en curso en auténticos espectáculos mediáticos. ¿En qué momento la justicia se ha convertido en entretenimiento?

Cuando se generalizó el uso obligatorio de medios técnicos para registrar los actos de instrucción penal, celebramos el fin de las tediosas transcripciones manuales como un triunfo de la modernización. Sin embargo, lo que debía ser una herramienta para agilizar la justicia se ha convertido en un arma de doble filo que amenaza principios fundamentales de nuestro Estado de Derecho.

Conviene recordar que no estamos ante un vacío legal que justifique estas prácticas. El artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es claro: las diligencias del sumario son reservadas para las partes hasta la apertura del juicio oral. Esta reserva no es un capricho legislativo, sino una garantía fundamental para proteger la investigación, la presunción de inocencia y la intimidad de los implicados. El Real Decreto-Ley 6/2023 reforzó aún más esta protección, prohibiendo explícitamente el uso no autorizado de grabaciones judiciales y permitiendo la sanción por parte del juez instructor.

Si claramente la ley preserva el secreto de las actuaciones de instrucción, ¿quién realiza estas filtraciones y por qué se producen con tanta frecuencia y total impunidad?

Dado que las declaraciones en fase de instrucción no se realizan en audiencia pública, las filtraciones solo pueden provenir de los profesionales intervinientes, en peligrosa connivencia con los medios de comunicación. Esta situación conlleva riesgos de compliance que distorsionan el ejercicio del derecho, tales como la deslealtad profesional, el mercadeo con grabaciones sensacionalistas y el ofrecimiento de prebendas o tratos de favor. Pero lo más grave es la creación de juicios populares paralelos y circos mediáticos que perjudican la imagen de quienes declaran bajo el principio de presunción de inocencia y supuesta confidencialidad, afectando también la credibilidad de los juzgados de instrucción.

Los defensores de estas prácticas se escudan en el derecho a la información y la libertad de expresión. ¿Existe un verdadero interés informativo en difundir estas declaraciones judiciales?, ¿o estamos ante un mero ejercicio de voyeurismo judicial que alimenta el morbo social?

Tras una detenida ponderación de derechos, existen alternativas mucho menos lesivas para satisfacer el legítimo derecho a la información, tales como ruedas de prensa o entrevistas autorizadas. Estas opciones permiten mantener informada a la sociedad sin comprometer la integridad del proceso judicial ni los derechos de los implicados. Además, la supuesta falta de información sería en todo caso provisional hasta una fase más avanzada del proceso, la de juicio oral, por lo que no se justifica una medida tan agresiva de exposición mediática.

La reciente decisión del Tribunal Supremo de limitar el acceso a los soportes videográficos en el caso del fiscal general García Ortiz, aunque criticada por algunos, es una decisión necesaria para garantizar el cumplimiento de la ley. No se trata de censurar la información, sino de asegurar que esta llegue a la sociedad a través de los cauces adecuados y en el momento procesal oportuno. Prueba de ello es que, en este caso, aun sin haberse filtrado la grabación de la declaración de García Ortiz, la sociedad se ha mantenido completamente informada por los medios.

La justicia debe ser pública, pero no debe convertirse en un espectáculo. Cesare Beccaria, en su tratado de los delitos y de las penas decía: “y luego echamos en cara a los antiguos sus circos y sus gladiadores”. Hoy, dos siglos más tarde, en lugar de hachones y cadenas, los instrumentos del espectáculo son cámaras, micrófonos y la colaboración de quienes traicionan la confidencialidad judicial al filtrar información sensible. Los circos ya no son arenas, sino televisiones y redes sociales.

La tecnología debe ser una herramienta al servicio de la justicia, no un instrumento para su degradación. Por ello, al margen de las disquisiciones meramente legales, la gravedad de la situación exige una reflexión profunda sobre los valores éticos que deberían regir tanto el ejercicio del derecho como la práctica periodística.

Debemos asumir nuestra responsabilidad . El futuro de nuestro sistema judicial y la solidez de nuestras instituciones democráticas dependen de nuestra capacidad para establecer límites claros entre la necesaria transparencia y el sensacionalismo judicial. La justicia puede y debe ser transparente, pero nunca a costa de transformarla en un espectáculo: ¿queremos convertir la administración de justicia en un reality show?, ¿a qué precio?, ¿somos conscientes del impacto que estas filtraciones tienen en la vida de los afectados y en la integridad del sistema judicial? De todo ello depende tanto el futuro del sistema judicial, como la solidez de nuestra profesión y los valores éticos que la definen.

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