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En colaboración conLa Ley
Régimen fiscal
Tribuna
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Cambios en la política fiscal de Portugal: España está expectante

Nuestro régimen incrementa aún más atractivo y contribuirá a realzar a España como centro de atracción de extranjeros

Una calle de la Alfama, en Lisboa.
Una calle de la Alfama, en Lisboa.ALEXANDER SPATARI (GETTY IMAGES)

Tras los rumores de los últimos meses, el Ejecutivo luso anunció el mes pasado la supresión definitiva del régimen fiscal especial de impatriados conocido como “Non-Habitual Resident Regime” o NHR, a través del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para 2024. El régimen aprobado en 2009, sobradamente conocido fuera de sus fronteras, había conseguido posicionar a Portugal como destino de gran atractivo para determinados profesionales e inversores al ofrecerles un régimen fiscal especial muy beneficioso durante un periodo de 10 años.

Es de destacar que la eliminación del régimen viene acompañada de una regulación transitoria que protege la posición de aquellas personas que hubiesen trasladado su residencia a Portugal antes de 2024 como NHR. Y, además, se ofrece un periodo de gracia para el acogimiento al régimen de contribuyentes que, cumpliendo los requisitos exigidos por el mismo a 31 de diciembre de 2023, puedan optar por él hasta marzo de 2024.

La medida se justifica en un contexto de crisis del mercado inmobiliario en Portugal relacionada directamente con la llegada de ciudadanos extranjeros con alto poder adquisitivo y va en la línea de las restricciones aprobadas a principios de año en lo que se refiere a la Golden Visa o el permiso de residencia por inversión, que ha quedado relegado a la inversión en zonas rurales o despobladas del país.

En clave doméstica, determinados partidos políticos han apuntado contra nuestra Golden Visa como elemento tensionador del mercado de la vivienda en algunas grandes ciudades. La realidad, sin embargo, es que las características de nuestro país permiten que España tenga mayor capacidad para la acogida de extranjeros e inversión, haciendo que las circunstancias sean otras totalmente distintas a las de Portugal. Y a nadie se le pasa por alto que, en fechas muy recientes, España dio un espaldarazo relevante a nuestro Régimen de Impatriados o Ley Beckham a través de las reformas introducidas con la Ley 28/2022 de Startups, tal y como analizamos en Cinco Días.

Aunque las mejoras podían haber sido más ambiciosas y se están padeciendo algunos problemas de aplicación derivados de la falta del desarrollo reglamentario de la ley, las medidas fueron correctamente enfocadas y es prueba de ello la actual situación de embotellamiento de solicitudes del régimen que en determinadas delegaciones de la AEAT se está sufriendo.

En este contexto, y aunque sea por el hecho de que en el sur de Europa se haya eliminado un régimen fiscal competidor como el portugués, nuestro régimen incrementa aún más atractivo y contribuirá a realzar a España como centro de atracción de extranjeros, valiéndonos de las facilidades en cuanto a permiso de residencia hoy existentes, puentes culturales sólidos y un régimen fiscal amigable. Lo anterior se acentúa en mayor medida en Madrid, como destino más popular al que desplazarse, y a través de las políticas fiscales anunciadas por la Comunidad en fechas recientes para inversores que se instalen en la región.

No obstante lo anterior, quedarnos tan solo con este análisis sería pecar de ingenuidad, ya que el mayor factor de atracción para la inversión no es otro que la estabilidad y la seguridad jurídica que, lamentablemente, se vienen diluyendo en la deriva en la que nos encontramos de un tiempo a esta parte. Como defendía con acierto Milton Friedman, “nada es más cobarde que un dólar”, haciendo referencia a que el capital huye de riesgo y cualquier signo de inseguridad limita la inversión.

Y esa realidad a la que nos referimos se puede constatar con facilidad, desafortunadamente, en los despachos profesionales a los que se están dirigiendo los grandes patrimonios para estudiar posibles traslados de residencia fiscal por razones de inestabilidad política, los recientes anuncios de próximas subidas de la presión fiscal y, como ejemplo paradigmático de todo lo anterior, los hechos tan desafortunados que están aconteciendo en torno al Impuesto sobre la Solidaridad de las Grandes Fortunas. Un impuesto que, desde su génesis por razones meramente políticas y con una más que cuestionable articulación legal, está provocando traslados de residencia de contribuyentes españoles y obstaculizando la llegada de extranjeros e inversión a España.

Y en nada favorecería a esta situación un pronunciamiento del Tribunal Constitucional —si finalmente el Pleno no retrasara otra vez la deliberación—, que respaldara este impuesto en los términos alineados con la ponencia que se ha dado a conocer. Debemos ser conscientes de que el envilecimiento de las instituciones en nuestro país es totalmente indeseable para garantizar las más elementales necesidades de seguridad jurídica demandadas por la inversión y el desarrollo empresarial.

Marcos González Villarreal, asociado a Cremades & Calvo-Sotelo Abogados.

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