Transición inicia la inhabilitación de 25 comercializadoras eléctricas, además de Holaluz
El ministerio acelera la criba de suministradoras fantasma que figuran en el registro de la CNMC: 504, de las cuales 130 carecen de actividad. Una nueva normativa ha endurecido las condiciones económicas a estas empresas
El Ministerio para la Transición Ecológica está acelerando la criba de comercializadoras eléctricas que, figurando en el registro oficial de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), carecen de actividad: de un total de 504 hay 130 inactivas y otras muchas funcionan al mínimo. Así, el pasado jueves, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el procedimiento de inhabilitación de 25 empresas para poder vender electricidad. Curiosamente, ...
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El Ministerio para la Transición Ecológica está acelerando la criba de comercializadoras eléctricas que, figurando en el registro oficial de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), carecen de actividad: de un total de 504 hay 130 inactivas y otras muchas funcionan al mínimo. Así, el pasado jueves, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el procedimiento de inhabilitación de 25 empresas para poder vender electricidad. Curiosamente, en dicha lista no figuraba Holaluz-Clidom, cuyo expediente de inhabilitación fue publicado por separado en el BOE dos días después, el sábado. La comercializadora catalana fue suspendida de cotización este lunes en el BME Growth, la Bolsa de las pequeñas empresas en que cotiza.
Aunque se desconocen los motivos de estos procedimientos, fuentes del sector aseguran que en el caso de las 25 comercializadoras de la lista publicada el jueves es porque se trata de empresas a las que el ministerio quiere quitar la licencia por carecer de actividad. En el supuesto de Holaluz, se apuntan a razones económicas para hacer frente a sus compromisos de suministro, si bien, la compañía ha declinado dar explicaciones en tanto prepara sus alegaciones. En el ministerio que dirige Sara Aagesen, también mantienen silencio: “Como corresponde a un procedimiento garantista en curso, no hay comentario al respecto”, asegura un portavoz.
Las afectadas cuentan con un periodo de 10 días hábiles para alegar tras el anuncio en el BOE. En dicho plazo todas ellas quedan sometidas a restricciones cautelares: las distribuidoras no podrán tramitar nuevas altas ni cambios de comercializador en su favor; se suspende su acceso a las bases de datos de puntos de suministro de la CNMC; se bloquea la recepción de información sobre cambios de comercializador y se ordena la retirada de sus ofertas del comparador de tarifas del organismo regulador. Estas medidas buscan impedir que sigan desarrollando actividad comercial mientras se resuelve la situación.
Las empresas (prácticamente desconocidas) cuyo procedimiento de inhabilitación fue anunciado el jueves son las siguientes: Atenea Energía, Atria Inversiones Energía, BG Sinergy Europa, Captura Energía, Cibeles Energía Century21, Comercializadora de Energías Renovables y de Servicios de Luz Ama y Gas Zon, Comercializadora Eléctrica Peninsular, Direct Green, Energy Index, Greensunrise Energy, Ham Power, Lucky Luz Energía, Maze Energy, Multitelec Energías Renovables, Nukik Energy, Power Pulse Iberia, RDG Comercializadora Galega de Enerxía, Société Européenne de Gestión de l’Energie, Solflix Solar, Comercializadora Europea de Energía Limpia, Sunflix Renovables, Uranoscopidae Energía VI y VII, Orus Energy Soria, Energya VM Generación e Ignis Electricidad y Gas.
Otras dos filiales de los grupos energéticos a los que pertenecen estas dos últimas comercializadoras (la primera del grupo Villar Mir) ya figuraban en otra lista de 29 expedientes de inhabilitación publicada por el ministerio el pasado febrero: Energya VM Energías Especiales e Ignis Energía. En muchos casos, las comercializadoras no se dan de baja por dejadez, pero, en otros -sospechan en el sector-, es que ello les permite acceder a datos de suministro de otras compañías en manos de la CNMC.
Cerco al fraude
El departamento que dirige Sara Aagesen está acelerando las inhabilitaciones de comercializadoras fantasma al amparo del real decreto aprobado a principios de febrero por el que el Gobierno traspuso el Reglamento General de Suministro y Contratación de Energía Eléctrica de la Unión Europea, que puso fin, entre otros asuntos, a la posibilidad de contratar la luz o recibir publicidad por teléfono, salvo expresa petición del cliente. El decreto endurecía también las condiciones para las comercializadoras eléctricas, que pueden ser inhabilitadas si no adquieren energía en el mercado en el plazo de seis meses desde la fecha del inicio de su actividad. Además, Transición tiene ya la potestad de inhabilitar “de oficio” a las empresas que no cumplan (hasta ahora los procedimientos se estancaban pues debían pasar también por la CNMC y el operador del sistema, REE).
La nueva normativa impone como requisito para vender electricidad que la empresa en cuestión tenga “capacidad legal, técnica y económica”. Para poder funcionar, estas compañías deben comprar energía en el mercado de producción en un plazo máximo de seis meses y ejercerla de manera continuada otros seis meses, al menos. Por su parte, deberá aportar las garantías requeridas y comprar la energía necesaria para suministrar a su cartera de clientes.
Según fuentes del sector, la actuación del ministerio se enmarca en una estrategia amplia para reforzar la solvencia y la credibilidad del mercado minorista de electricidad. En los últimos años, han proliferado pequeñas comercializadoras, muchas de ellas sin apenas actividad o con problemas financieros, que han generado preocupación tanto en el regulador como entre las compañías del sector. La propia CNMC alertó recientemente de que los impagos acumulados por comercializadoras insolventes (las llamadas piratas) “han provocado un agujero de cientos de millones de euros en el sistema eléctrico, además de dañar la confianza de los consumidores”.
En los años de la crisis energética, entre 2021 y 2023, cesaron en su actividad unas 80 comercializadoras por cierre e inhabilitación, ante la imposibilidad de hacer frente al fuerte encarecimiento de los precios de la energía. En cualquier caso, los clientes siempre están protegidos por la normativa: en el caso de que su compañía “desaparezca” son trasvasados a la comercializadora de referencia (COR) o regulada de su zona que suministran con el Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC). Existen cinco compañías que ejercen como COR y son filiales de las principales energéticas: Iberdrola, Endesa, Naturgy, TotalEnergies y Repsol.