La Audiencia tumba otros dos recursos de la banca por 100 millones del fallido proyecto Castor

Banco Santander y CaixaBank reclamaban la devolución de los intereses financieros

Instalaciones del proyecto Castor, en la costa de Vinaròs (Castellón), en una imagen de archivo.Gudnus.com

A vueltas con el proyecto Castor casi una década después de su paralización. El intento fallido de desarrollo de un almacén subterráneo de gas en la costa de Vinaròs (Castellón) ha dejado tras de sí un reguero de sentencias judiciales e indemnizaciones millonarias del Estado. Las últimas, dos fallos de la Audiencia Nacional del 29 de junio a los que ha tenido acceso este diario en los que se desestiman sendos recursos del Santander y CaixaBank. Las entidades reclamaban el reintegro de 100,12 millones por los intereses financieros pagados previamente, que por el momento no engordarán la factura para las arcas públicas.

La Sala de lo Contencioso ha sido la encargada de resolver la cuestión. Por un lado, está el caso del Santander, que reclamaba 60,4 millones de euros por todos los intereses devengados. Y, por otro, el de CaixaBank, que tenía dos recursos abiertos: uno de Bankia (que es el que la Audiencia ha desestimado ahora), en el que solicitaba la devolución de 17,8 millones, y otro propio de CaixaBank, por 40,3 millones, que se debe resolver en breve y se espera que corra la misma suerte. Estas cantidades suman 118,5 millones, más de los 100,12 millones citados, porque aquí computan todos los intereses, no solo los financieros. Estas cifras aparecen detalladas en un auto anterior del Supremo de marzo de 2022.

En concreto, las entidades pedían la anulación de la resolución del 5 de julio de 2019 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y, por tanto, que se reconociese su derecho a recuperar las cantidades reintegradas al sistema gasista con los intereses correspondientes. Aunque en la práctica solo quedaba por resolver la parte de los intereses financieros, ya que la devolución principal de la inversión se hizo mediante la indemnización de 1.350,7 millones del Estado por su responsabilidad patrimonial.

Los hechos que debaten los magistrados de la Audiencia Nacional nacen con los pagos que les realizaba la CNMC. O más bien cuando se dejaron de producir: estas liquidaciones se paralizaron en enero de 2018 y se abrió un procedimiento de revisión de lo ya devengado tras la decisión del Tribunal Constitucional de que la fórmula legal escogida en 2014 para el derecho de cobro y sus condiciones eran inconstitucionales.

Esta enésima batalla de la banca en la Audiencia sobre el proyecto Castor se llevó en paralelo a la petición en el Supremo. El Alto Tribunal resolvió un año después de presentar este recurso, en octubre de 2020: sentenció que los tres bancos —el Santander, CaixaBank y Bankia, ahora dentro de la entidad catalana— tenían “derecho a la indemnización en concepto de responsabilidad del Estado legislador” por 1.350,7 millones. Pero en esa cantidad no se incluían los intereses financieros, un detalle que los equipos jurídicos de las entidades decidieron batallar. Ahora falta por ver si seguirán con un recurso más ante el Supremo o si entierran el hacha de guerra.

De hecho, la Abogacía del Estado ha afeado esta litigiosidad. “Aun cuando en el proceso tramitado ante el Tribunal Supremo las entidades demandantes manifestaron su intención de desistir del proceso que ahora nos ocupa si se les reconocía el derecho a ser indemnizados en la totalidad de los derechos de cobro, no lo han hecho hasta el momento”, recoge la sentencia.

La Abogacía, además, solicitaba que se declarase la pérdida de objeto del recurso. Es decir, como los grupos financieros ya habían cobrado la indemnización del Estado, carecía de sentido continuar adelante. “La demandante ya ha obtenido lo que aquí pide por el título de responsabilidad patrimonial del Estado”, se relata en el fallo. Sin embargo, los bancos alegan que les corresponde recibir de forma adicional los intereses financieros. Y los magistrados coinciden en que la resolución del Supremo no supone que el recurso pierda su objeto en la totalidad.

Intereses financieros

En el texto queda claro cuál es el montante de la inversión, ya que existía una cantidad fijada que el Estado devolvió, los 1.350,7 millones ya citados. Sin embargo, no es tan evidente de dónde surgen los 100 millones en intereses financieros en discusión. Estos nacen de la devolución de los bancos en 2019 de las cantidades que ya les había abonado previamente la CNMC, en las que se incluían los intereses legales y financieros. Pero tanto el Santander como CaixaBank entienden que esos intereses financieros no se debían haber pagado de vuelta.

“Cualquier devolución no debe incluir intereses, al haber sido causada la situación por el poder público y no por Banco Santander”, recoge el texto sobre el grupo financiero que preside Ana Botín. Es decir, tuvieron ese dinero durante un tiempo determinado (y pudieron sacar provecho) no por una decisión propia negligente. “Al contrario, la demandante sería una perjudicada por la actuación de la Administración que ha dado lugar a la anulación de las liquidaciones”, añaden ambas sentencias fechadas el 29 de junio.

Pese a ello, los magistrados niegan la mayor. “Ha percibido unas cantidades a las que no tiene derecho y, en consecuencia, ha disfrutado de un capital durante cierto tiempo que ha de reintegrar con los frutos que produce, esto es, con los intereses correspondientes”, zanja la Audiencia. De ahí que haya desestimado los dos recursos (y fuentes jurídicas esperan que resuelva en el mismo sentido el que falta de CaixaBank). Esta larga batalla todavía no ha llegado a su fin y las entidades pueden recurrir al Supremo. Fuentes de ambos bancos aseguran que se está analizando la situación y no hay una decisión tomada todavía. Eso sí, destacan que, en caso de perder, no tendrían impacto negativo sobre sus cuentas, ya que la cantidad fue abonada hace años.

Auto del Supremo

Hace algo más de un año, el 30 de marzo de 2022, ya hubo un auto sobre los intereses. Entonces el Supremo recoge las cifras de los intereses (legales y financieros) y dejó abierta la posibilidad de que el Estado debiese pagar esos casi 120 millones de euros al estimar en parte las alegaciones de los bancos. Eso sí, fuentes jurídicas recuerdan que el Alto Tribunal parecía reconocer entonces el derecho a recibir los intereses legales pero no los financieros. Es decir, la parte menor del montante total. El Santander y CaixaBank quedaron a la espera de la decisión de la Audiencia Nacional, pero la moneda les ha salido cruz.

Este embrollo desatado por el fiasco de Castor involucra a gobiernos tanto del PP como del PSOE. En 2008, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó el proyecto. Y en 2013, el Ejecutivo de Mariano Rajoy decidió hibernar el desarrollo tras la sucesión de decenas de pequeños terremotos provocados por la inyección de gas en el almacén submarino que se sintieron en localidades de Tarragona y Castellón. Por último, en diciembre de 2020 fue el Gobierno de Pedro Sánchez el que aprobó en el Boletín Oficial del Estado la autorización de endeudamiento de Hacienda para hacer frente al pago de los 1.350,7 millones.

En estas sentencias no se incluye a la constructora de la instalación, Escal —controlada en un 66,7% por ACS—, que renunció a la concesión en 2014 tras la alarma social generada. Al decretarse la clausura del proyecto Castor, el Gobierno recurrió a las entidades para que adelantasen la compensación a la firma, que lo utilizó para devolver el dinero a los inversores, y se apartó del proyecto y posibles recursos posterior. Los bancos, a cambio, se quedaron a cambio con los derechos de cobro de la compañía.

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