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La justicia apoya al ICAM en su reclamación por la falta de pago a los abogados del turno de oficio en la defensa de personas jurídicas

El Supremo y la Audiencia Nacional se han dirigido al Ministerio de Justicia para encontrar una solución enquistada desde 2019

Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM)
Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM)

El Tribunal Supremo (TS) y la Audiencia Nacional (AN) han respaldado la petición del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y se han dirigido directamente al Ministerio de Justicia para que encuentre una solución a la falta de pago de las prestaciones realizadas por los abogados del turno de oficio para la defensa de personas jurídicas en procedimientos penales. Una situación enquistada desde 2019 que está provocando dilaciones e indefensión para las partes implicadas en y que ya acumula una deuda que ronda los 30.000 euros que Justicia niega a pagar ya que defiende que las actuaciones de los abogados no están contempladas en Ley de Asistencia Jurídica Gratuita vigente desde 1996.

En sendos acuerdos adoptados por sus respectivas salas de gobierno, el Supremo y la Audiencia se hacen eco de la preocupación trasladada a sus presidentes por el decano madrileño. En una comunicación remitida el pasado mes de octubre, Eugenio Ribón, decano del ICAM, explicaba cómo, desde el año 2019, el Ministerio de Justicia viene excluyendo del pago las actuaciones llevadas a cabo por los profesionales designados de oficio para la defensa de personas jurídicas en los procesos penales donde es preceptiva su intervención y los nombramientos han sido realizados a requerimiento judicial.

En vista de que la Audiencia Nacional es uno de los órganos judiciales más afectados por esta problemática, el decano del ICAM emplazaba a este órgano a dirigirse a las instancias competentes del Ministerio de Justicia para que encuentren una solución que permita resolver las demoras sufridas en los procedimientos judiciales y, especialmente, evitar la situación de indefensión en la que se encuentran las partes involucradas en estos procesos legales.

Tras tomar conocimiento de esta situación, la Sala de Gobierno de la AN ha resuelto trasladarla a la Subdirección General de Programación Económica del Servicio Público de Justicia, a fin de que efectúen las actuaciones que en derecho procedan al objeto de dar una pronta solución a la cuestión planteada.

Por su parte, la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, en un acuerdo fechado el 22 de noviembre asumía también las consideraciones trasladadas por el decano madrileño, emplazando al Ministerio de Justicia y al Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita a emprender las medidas necesarias para solventar las disfunciones emanadas de la falta de acomodo de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita al sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas implantado en 2010.

“El reconocimiento de este problema por parte del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional subraya la importancia de adaptar la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita a los desafíos y cambios del panorama legal actual. Es esencial que la legislación refleje la realidad de nuestro sistema de responsabilidad penal y garantice una justa remuneración para aquellos profesionales del derecho que prestan un servicio indispensable para la sociedad”, reconoce Ribón, en relación a una medida que “no solo beneficiará a los profesionales del derecho, sino que también reforzará la integridad del sistema de justicia penal en España”.

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