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Corrupción

El juez Pedraz archiva la causa contra Mario Conde al no encontrar indicios de blanqueo

El exbanquero estaba acusado de repatriar, de espaldas a Hacienda, 13 millones de euros entre 1999 y 2014

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dictado auto de sobreseimiento provisional de la causa en la que se investiga al expresidente de Banesto, Mario Conde, por supuesto blanqueo de 13 millones de euros que habría repatriado entre 1999 y 2014.

La instrucción de la denominada 'Operación Fénix' se inició en 2016 por presunto blanqueo de --2,2 a través de ingresos en efectivo y 10,7 de transferencias en cuentas en el extranjero-- un total de 13

millones, cuando aún le restan por depositar 14,1 millones de la responsabilidad civil por la que fue condenado en el 'caso Banesto'.

En esa querella la fiscalía imputaba a Mario Conde dirigir a un conjunto de personas compuesto por familiares , empleados, amigos y afines que, durante los últimos 17 años habrían logrado colocar , encubrir y repatriar cantidades de origen ilícito.

Según el fiscal, con esas operaciones torticeras , a nombre de terceros, evitaría el decomiso de fincas que debían ejecutarse tras las dos sentencias condenatorias contra el ex banquero, por la llamadas “Causa Banesto” y “Causa Argentia Trust”.

El fiscal tipificaba los hechos como una actividad de blanqueo de dinero procedente de las apropiaciones indebidas que Conde realizó contra las arcas de la entidad de Banesto. Igualmente, el Ministerio Público le atribuía ocho delitos contra la Hacienda Pública en relación a cuotas defraudadas del Impuesto de Sociedades de los ejercicios no prescritos de los años 2011 a 2013 de las sociedades Barnacla, Black Royal OAK y Oleificio Español SA. 

Según un comunicado de la Audiencia Naciona, "sin embargo el juez, después de todas las diligencias practicadas, concluye que el dinero investigado no tiene un origen relevante para el proceso porque sería anterior a Banesto, como así ha ratificado el perito judicial designado".

 El juez explica que la Comisión Rogatoria cursada a Suiza para requerir la documentación bancaria sobre las cuentas y movimientos realizados por el ex banquero en entidades suizas, concluye que provienen de diversos ingresos realizados entre los años 1980 a 1985, relacionados con la venta de Antibióticos y por ingresos de una inversión inmobiliaria en Londres, devengados entre 1994 y finales de 2009.

El perito ratificó en su comparecencia ante el juzgado que los fondos aflorados coincidían con los fondos transferidos con anterioridad a los años investigados por la Justicia española.

 El juez concluye que los hechos son atípicos, “tanto porque no se acredita el origen ilícito del dinero (2.288.048 euros) al no demostrarse además que proceda de las apropiaciones indebidas de las arcas de Banesto, como porque tampoco se acredita que el dinero se utilizara para fines distintos de “gastos ordinarios de consumo” ( autoblanqueo) como así mantiene la defensa”. 

Además, añade que tampoco puede apreciarse la comisión de delito alguno contra la hacienda pública ni de frustración de la ejecución, al no haberse acreditado estos delitos. Condisera el juez obvio que tampoco puede apreciarse el delito de organización criminal al no existir”fin delictivo” por lo que procede también el sobresemiento respecto de los demás investigados

 

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