_
_
_
_
En colaboración conLa Ley

Más que una corrección de errores: el Reglamento europeo amplia su ámbito de aplicación

Afecta a las personas "que se encuentren" en la UE La versión inicial hablaba de los "residentes" en el territorio

A falta de tres semanas para que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) sea plenamente aplicable (el 25 de mayo), el Consejo Europeo ha publicado una corrección de errores del texto que va más allá de una cuestión formal e introduce una modificación sustancial en el ámbito de aplicación de la norma.El cambio, que afecta al artículo 3.2 de la norma y a sus correlativos Considerandos 23, 24 y 80, modifica el ámbito de aplicación del reglamento que pasa de afectar a las personas "residentes" en la UE, a las personas "que se encuentren" en el territorio comunitario.

Se trata de una corrección cuya necesidad había sido apuntada por varios autores, a la vista de las evidentes diferencias existentes entre la versión española del texto del Reglamento y la contenida en las principales lenguas de la Unión. Así, por ejemplo, el texto en inglés aseveraba: "This Regulation applies to the processing of personal data of data subject who are in the Union ...". No se trata de un error exclusivo de nuestro idioma, pues se aprecia también en la versión portuguesa y eslovena del Reglamento, que también han sido corregidas en el mismo sentido.

Más información
¿Es compatible el cargo de delegado de privacidad y ‘compliance officer’?
¿Brecha de seguridad? Que no cunda el pánico

En cuanto a las consecuencias prácticas de esta modificación, parece evidente que amplía de manera notable el ámbito de aplicación territorial del RGPD, obligando a aplicar sus disposiciones a responsables o encargados de tratamiento no establecidos en la UE, cuando traten datos personales de interesados, no ya legalmente residentes en la Unión, sino que simplemente "se encuentren" en la misma, en cualquier condición, cuando la finalidad de ese tratamiento tenga que ver con la oferta de bienes o servicios a dichos interesados, independientemente de si a estos se les requiere su pago, o con el control de su comportamiento, en la medida en que este tenga lugar en el territorio europeo.

No son las únicas correcciones que se han introducido en el texto. Pueden consultar el análisis de todas ellas, aquí.

Acceda aquí si quiere saber cómo proteger a su organización de los cambios que introduce el RGPD.

Archivado En

_
_