Una juez concluye que Citibank no incumplió su deber de informar a una clienta de Lehman
El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valencia ha desestimado íntegramente la demanda presentada por una clienta contra Citibank España al considerar que la entidad no incumplió el deber de información, diligencia y lealtad en la comercialización de productos vinculados a Lehman Brothers, según la sentencia dictada el pasado 8 de enero a la que tuvo acceso Europa Press.
"Citibank no incumplió el deber de información que le incumbía, no resultando acreditado que la demandante no hubiera sido informada sobre el producto", concluye la sentencia, en virtud de las obligaciones de información que establece la Ley 47/2007 que modificó la Ley del Mercado de Valores (LMV) e introdujo la Directiva Midfid.
La juez Leticia Ruiz Pacheco considera que en los contratos de Citibank España estaban claramente identificados el emisor y el garante de los bonos, y que con una simple lectura de los mismos se podía conocer que el capital no estaba garantizado por la entidad.
Así, la megistrada declara que el banco no incurrió en "publicidad engañosa del producto" ni en una "campaña de comercialización agresiva", y cuestiona que la clienta contratara un segundo producto similar, ocho meses después de adquirir el primero de los bonos vinculados a Lehman Brothers.
La juez concluye también que, a pesar de que el banco sufrió una rebaja de su calificación crediticia de 'A+' a 'A', éste no tenía "obligación legal" de informar al cliente, ya que ésta corresponde a la entidad emisora de los valores.
Además, la sentencia avala el test sobre conocimientos financieros realizados a la clienta antes de firmar el contrato, al considerar que ésta "firmó la conformidad con el resultado del test, y por lo tanto con su perfil de inversora, que le permitía considerar adecuado el producto contratado y el riesgo".
Por último, la juez considera que Citibank informó debidamente a la clienta sobre la situación de quiebra de Lehman Brothers, que tuvo lugar el 15 de septiembre de 2008, y que fue la inversora quien "no acudió a la entidad bancaria a solicitar información" tras una declaración de insolvencia que no se podía preveer y que ésta conoció "cuando recibió el extracto del mes de septiembre".
La clienta solicitó a la juez que condenara a Citibank al pago de una indemnización de 17.000 euros, correspondientes a la cantidad invertida, por los daños sufridos debido al incumplimiento de la obligación de informar. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia.
La demandante suscribió con Citibank un contrato de gestión de inversión en el 'Bono 60 X 60 II' referenciado a '4 yrs Straddle on DJ Eurostxx 50' y en el 'Bono Semestre X 5 2', autocancelable semestral a cinco años con principal 100 x 100 protegido al vencimiento referenciado a los índices 'DJ Eurostoxx 50 Nikkei 225'.