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Planes de pensiones

Rescates para aliviar el paro

El Gobierno prevé facilitar a los parados el cobro de su plan de pensiones. La fiscalidad es un elemento clave a tener en cuenta.

Las compuertas del ahorro cautivo a largo plazo pueden empezar a entreabrirse este año para aliviar las dificultades económicas por las que atraviesan muchas familias. La Dirección General de Seguros debatirá el lunes con las compañías de seguros y fondos de pensiones su propuesta para facilitar el rescate anticipado de los planes de pensiones en caso de desempleo de larga duración. En concreto, se trata de que el partícipe pueda rescatar su plan una vez que hayan pasado seis meses desde que dejó de cobrar la prestación por desempleo -y no doce meses como sucede ahora- y que pueda hacerlo no sólo si es él mismo quien está en paro, sino en el caso de que estén sin trabajo su cónyuge, sus padres o sus hijos. Es decir, ascendientes o descendientes del titular del plan de pensiones que estén desempleados y que formen parte de la unidad familiar.

La ampliación de los supuestos para rescatar por anticipado el plan de pensiones 'es enriquecedora porque anima a los ciudadanos a ahorrar en los momentos de bonanza, conscientes de que en momentos de necesidad podrán utilizar sus ahorros', apuntan desde Axa, y a pesar del riesgo de pérdida patrimonial que puede suponer la medida para las gestoras.

Al cierre del 2008, el patrimonio medio acumulado por un partícipe de planes de pensiones del sistema individual está en los 5.670 euros. Su cobro anticipado sería un verdadero alivio para quienes han dejado de percibir ingresos, una vez agotado el paro. El perfil mayoritario de quien pasa a engrosar la lista del paro es probable que no coincida con el de un partícipe con abundante capacidad de ahorro. Pero puede que su padre, si vive con él, o su cónyuge, sí cuenten con un plan de un patrimonio aceptable que podrían rescatar, sin olvidar que con la crisis financiera, sus ahorros pueden haber menguado más de lo deseado.

Hacienda estará esperando entonces al titular del plan de pensiones que se rescata por anticipado. La prestación que recibe el partícipe en forma de capital se integra en la base imponible como rendimientos del trabajo, de modo que las ganancias obtenidas tributan al tipo marginal, entre el 24% y el 43%. En un rescate en forma de capital -sin duda el más socorrido para un partícipe en paro o con un familiar directo en tal situación-, se mantiene la reducción del 40% sobre las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 y sus rendimientos acumulados a esa fecha. Es la norma fiscal que se aplica de forma inexorable cuando un partícipe rescata su plan, esté en paro o no.

Fuentes del sector señalan que el supuesto más habitual puede ser el de un partícipe con trabajo que rescata su plan porque su cónyuge o su hijo está en paro. Deberá tener en cuenta entonces que el ingreso de la prestación en forma de capital elevará su base imponible y puede que con ello, su tipo marginal.

Sin tributar

Pero hay además otros aspectos fiscales que considerar. Cuando es el propio desempleado quien rescata el plan, es posible que el capital percibido no llegue a la cantidad mínima de rendimientos del trabajo a partir de la que se practica la retención y quede por tanto libre de tributar. Según explican desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), en el caso de un contribuyente casado, con dos hijos, que solicitó el rescate del plan de pensiones por 6.000 euros y al cierre del año sigue en paro, no tributará nada porque los rendimientos netos del trabajo -su plan de pensiones- no llegaron al mínimo para que se le practique la retención. En este caso, 12.695 euros (ver cuadro). Un contribuyente en situación de paro prolongado, casado y con un hijo, quedará exento de tributar por su plan de pensiones si lo ingresado es inferior a 11.888 euros.

Declaración de la renta

Por otra parte, el cobro de un plan de pensiones puede suponer la obligación de presentar la declaración de la renta del desempleado, cuando no se ajusta a los límites gracias a los que no se aplica la retención. Sólo quedarán exentos de hacer la declaración de la renta de 2009 quienes hayan tenido rendimientos del trabajo inferiores a los 22.000 euros brutos anuales y de un único pagador. Es decir, el partícipe que lleve en paro todo el año sin cobrar la prestación de desempleo y rescate su plan no tendrá que hacer la declaración de la renta porque habrá recibido dinero de un único pagador, su plan de pensiones, siempre que la prestación por pensiones recibida no supere los 22.000 euros.

Las claves

Patrimonio Los partícipes del sistema individual acumulan de media en su plan de pensiones 5.670 euros.

Rentabilidades El ahorro acumulado ha caído y los partícipes más jóvenes son los más expuestos a la Bolsa.

Fiscalidad Si el patrimonio rescatado es inferior al límite de rendimientos del trabajo a partir del que se aplica retención, quedará libre de impuestos. Además, el rescate puede obligar a presentar declaración de la renta o elevar el tipo marginal.

Planes de pensiones. La letra pequeña del cobro anticipado

 

¿En qué casos se puede rescatar un plan de pensiones?

Además de en el momento de la jubilación, el plan de pensiones se puede rescatar de forma anticipada en caso de invalidez y de paro de larga duración, entendido como el plazo de un año desde que se dejó de percibir la prestación por desempleo. El Gobierno prevé ahora que ese plazo se reduzca de doce a seis meses. Además, el titular del plan podrá rescatarlo por anticipado si la situación de desempleo de larga duración afecta a alguno de los miembros de la unidad familiar que convivan con él, es decir, su cónyuge, padres o hijos.

¿Qué aspectos fiscales hay que tener en cuenta en el rescate anticipado del plan de pensiones?

El cobro del plan se considera como rendimiento neto del trabajo. Si un partícipe lo rescata porque su cónyuge lleva tiempo en el paro, elevará su base imponible y con ello, puede que el tipo marginal al que tributa. Si es el propio desempleado quien rescata el plan, puede verse obligado a presentar la declaración de la renta si el capital cobrado supera los 22.000 euros anuales, recibidos de un único pagador, en este caso el plan de pensiones.

¿En qué casos puede quedar exento de impuestos el rescate anticipado del plan?

En el caso de que el capital rescatado sea inferior al umbral de rendimientos netos del trabajo a partir de los que no se practica retención y suponiendo que no haya ningún otro ingreso de este tipo. Un contribuyente soltero, en paro y sin hijos tendrá que tributar sin remedio por su plan de pensiones rescatado. Un contribuyente casado y con dos hijos no tendrá que tributar si con su plan de pensiones ha ganado menos de 12.695 euros.

¿Cuál es el patrimonio medio de un partícipe?

Al cierre de 2008, fue de 5.670 euros, una cantidad que hace recomendable su cobro en forma de capital y no de renta si se trata de socorrer la economía familiar. El 21,8% de los partícipes del sistema individual se encontraba entre los 31 y los 40 años, una edad en la que es más frecuente la exposición en renta variable y que hace por tanto a estos partícipes más vulnerables a las últimas pérdidas bursátiles.

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