Los pleitos contra la Seguridad Social serán gratuitos
El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado la gratuidad de los pleitos contra la Tesorería General de la Seguridad Social, salvo en aquellos procesos relacionados con la recaudación. Se devuelve así la gratuidad que desapareció en 2003 para esta clase de pleitos.
Los ciudadanos y las empresas protagonizan alrededor de 6.000 pleitos anuales contra la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en materia de inscripción de empresas, formalización de la protección frente a riesgos profesionales, tarifación, cobertura de la prestación por incapacidad temporal, afiliación (altas, bajas y variación de datos del trabajador).
Desde 1996, los ciudadanos afectados por pleitos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o contra la TGSS podían acogerse a la justicia gratuita en procesos que se dirimían por el Orden Social.
Sólo había una excepción: los pleitos relacionados con la recaudación que se dirimían por el Orden Contencioso-Administativo y no eran gratuitos. Pero esta situación cambió radicalmente en 2003, cuando el anterior Gobierno del PP decidió que todos los pleitos de la TGSS pasaran al Orden Contencioso, con la consecuente pérdida de gratuidad.
Los nuevos responsables de la Seguridad Social han decidido devolver la gratuidad a los pleitos contra la Tesorería General, vigente entre 1996 y 2003, manteniendo la excepción de los procesos relacionados con la recaudación que seguirán sin ser gratuitos.
Esta decisión del Gobierno se ha basado en un informe de los servicios jurídicos de la Seguridad Social en el que se pone de manifiesto que con la reforma realizada por el Gobierno del PP en 2003 'quedan excluidos de la justicia gratuita sin causa aparente' aquellos beneficiarios de esta gratuidad desde 1996. Por lo que se recomienda que el texto legal vuelva a la redacción anterior a la reforma popular.
Esta decisión se enmarca dentro de otras similares tomadas el pasado viernes por el Consejo de Ministros que también aprobó la remisión a las Cortes Generales del proyecto de ley por el que se amplía el derecho a la justicia gratuita (recogido en la Ley de 10 de enero de 1996) a los llamados litigios transfronterizos en la Unión Europea.
Tendrán derecho a la justicia gratuita los ciudadanos comunitarios y los nacionales de terceros países que residan legalmente en algunos de los Estados miembros de la Unión Europea y que acrediten insuficiencia de recursos para litigar.