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Fiscalidad

La ayuda para la compra de vivienda tributa en el IRPF

La percepción de una subvención para la adquisición de vivienda debe calificarse como ganancia patrimonial, al constituir una variación en el valor del patrimonio, por lo que debe integrarse en la base imponible del IRPF, según una resolución de la Dirección General de Tributos recogida por Datadiar.com.

En el caso al que se refiere la resolución, la subvención se otorgaba al promotor de las viviendas de protección oficial, siempre que la destinase a unidades familiares con escasos recursos. Tributos explica que, en cualquier caso, el beneficiario de la subvención es siempre el adjudicatario de la vivienda, tanto si percibe directamente su importe como si lo percibe el promotor y lo descuenta del precio de la vivienda.

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