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Acuerdo

Hacienda negociará con Euskadi el recurso a la norma fiscal vizcaína

La Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa, contemplada en el Concierto Económico con el País Vasco, se reunirá en los próximos días para abordar, entre otras cuestiones, el recurso del Estado contra una norma foral sobre medidas tributarias de la provincia de Vizcaya, según informaron a Europa Press fuentes del Ministerio de Hacienda.

El Estado recurrió el pasado 29 de octubre la Norma Foral 5/2002, de 30 de abril, de Medidas Tributarias en 2002 de Vizcaya, por considerar que diversos preceptos referentes al impuesto sobre sociedades vulneran el principio de presión efectiva global equivalente a la del resto del Estado a que les obliga el Concierto Económico aprobado por Ley el pasado 23 de mayo.

Según fuentes de Hacienda, la interposición del recurso se produce después de que la representación del País Vasco haya rechazado la convocatoria de la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa propuesta por el Ministerio de Hacienda desde junio. La norma foral que ha recurrido el Estado introduce modificaciones en diversos tributos, como el IRPF, el impuesto sobre sociedades, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre sucesiones y donaciones y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Sin embargo, de todas las modificaciones introducidas, el Estado ha formulado únicamente observaciones en el impuesto sobre sociedades, en concreto, sobre la exención por reinversión y las deducciones del 15% por el concepto de obtención del certificado de cumplimiento de las normas de aseguramiento de calidad, y del importe de las inversiones en el aprovechamiento de fuentes de energía renovable.

En cuanto a la exención por reinversión, fuentes de Hacienda explicaron a Europa Press que la norma foral establece que las rentas procedentes de la transmisión de activos materiales e inmateriales afectos a explotaciones económicas no se integran en la base imponible cuando se reinvierta su totalidad en elementos patrimoniales afectos a dichas explotaciones, mientras que la normativa estatal tan sólo contempla en este caso una deducción de la cuota íntegra del 17%.

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