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Polémica

La Junta Arbitral falla a favor de Madrid en el litigio por el cobro de los impuestos de Terra

Votaron en contra los cuatro representantes de Cataluña, mientras que lo hicieron favorablemente los cuatro de la Comunidad de Madrid y cuatro de la Administración central, mientras que otro se abstuvo.

En el resumen de resolución, se apunta que "se estima la reclamación formulada por la Comunidad Autónoma de Madrid frente a la Comunidad Autónoma de Cataluña" y se declara que corresponde a la primera "el rendimiento del impuesto sobre Operaciones Societarias que grava el aumento de capital acordado por la junta general de Terra Networks", objeto de litigio.

Además la Junta desestima la "excepción de extemporalidad y el incidente de nulidad" de la reclamación promovido por la comunidad de catalana por entender que la reclamación madrileña se ha realizado en plazo.

Entre los argumentos en los que la Junta basa su fallo apunta que "la casi totalidad de las pruebas acumuladas en este expediente llevan a la conclusión" que Terra "no ha llegado a trasladar su sede efectiva de gestión administrativa y dirección de negocios a Barcelona" en el periodo objeto de litigio.

Dicho periodo abarca desde el 8 de junio de 2000, cuando se acuerda el aumento de capital, hasta la fecha en la que la Madrid decide reclamar a la Comunidad de Cataluña.

Aunque la resolución no niega la relevancia a la voluntad de Terra en el acuerdo de trasladar su domicilio social y en otros documentos, como es el caso de la publicidad que da a la localización de sus oficinas en su web, considera que "no son suficientes estos datos para concluir que la sede efectiva y de negocio se encuentra en Barcelona", para lo cual considera esencial analizar otros elementos.

Argumenta que excluidos los consejeros que tienen su residencia en el extranjero, "todos los consejeros residían en Madrid en la fecha indicada".

"Se encuentra acreditado que el día 27 de octubre de 2000 el presidente de la compañía y uno de los vocales del Consejo de Administración tenían su residencia en Barcelona. En cambio residían en Madrid ocho consejeros" y similares argumentos utiliza para el personal con poderes de gestión, dirección y representación.

De hecho, en el periodo en el que se reclaman los más de 33 millones de euros de impuestos 18 directivos (9 vicepresidentes sénior y 9 vicepresidentes) residían en la localidad de Pozuelo, donde fundamentalmente se encuentran los medios personales y materiales de la compañía, frente a dos en Barcelona, según dicho documento.

En otro punto señala además que "ha quedado acreditado que el máximo órgano de dirección y administración de la sociedad se reúne en Madrid y no en Barcelona".

"La apreciación conjunta de las pruebas practicadas durante la instrucción del procedimiento" deja "poco lugar a dudas sobre el lugar donde la sociedad concentra sus medios materiales y personales de apoyo a la gestión administrativa y dirección de los negocios. Ese lugar es Pozuelo de Alarcón, en la Comunidad Autónoma de Madrid".

El conflicto de competencias fue planteado por la Comunidad de Madrid ante la Junta Arbitral el 19 de junio del pasado 2001, ante la falta de contestación de un requerimiento a la Administración Tributaria de Cataluña sobre la competencia para liquidar y recaudar el impuesto.

Cataluña argumentaba, entre otras cuestiones, que se habían incumplido los plazos para presentar la reclamación, pedía la nulidad del procedimiento y de las pruebas aportadas por la administración madrileño y defendía sus competencia para la gestión y recaudación del Impuesto reclamado -33.223.517 euros- y que le fue abonado el 30 de octubre de 2000.

La Generalitat considera una "agresión" el fallo y anuncia que recurrirá por la vía contenciosa

 

El conseller de Economía y Finanzas de la Generalitat, Francesc Homs, se ha apresurado a calificar de "agresión contra la Administración de Catalunya" el fallo de la Junta Arbitral que da la razón a la Comunidad de Madrid en el conflicto sobre los impuestos de la fusión entre Terra y Lycos.

 

Homs añadió que se trata de una decisión "inadmisible e inaceptable" y anunció que la Generalitat de Catalunya la recurrirá por la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional.

 

El conseller hizo estas declaraciones tras una rueda de prensa para presentar la liquidación del presupuesto de la Generalitat correpondiente al Ejercicio del año 2001.

 

Homs señaló que "no acepto" esta decisión y añadió que "era totalmente innecesario abrir esta polémica" y aseguró que el fallo "no ayudará en nada" a la relación entre Catalunya y la Comunidad de Madrid.

 

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