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Justicia

La UE desestima el recurso de España y considera ilegales las ayudas a los astilleros

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha desestimado el recurso interpuesto por España contra la decisión de la Comisión de 1999 relativa a la ilegalidad de la ayuda concedida por el Gobierno español a los astilleros públicos, según una sentencia del Tribunal de Luxemburgo.

De esta forma, el Tribunal de Justicia considera incompatibles las disposiciones comunitarias relativas a las ayudas de Estado con los créditos fiscales especiales concedidos por España a los astilleros de titularidad pública, calificados de ayuda nueva.

El Tribunal recuerda que en 1997 la Comisión había autorizado ayudas en favor de los astilleros españoles que preveían, entre otras cosas, créditos fiscales especiales por un importe de 348,55 millones de euros durante los años 1995 y 1999.

Hasta agosto de 1995, los astilleros estaban integrados en el INI y podían compensar sus pérdidas con los beneficios obtenidos por otras empresas del grupo, según la normativa general aplicable en España.

A partir de esa fecha, los astilleros se integraron en el grupo público Agencia Industrial del Estado (AIE), que era deficitario y no podía, por tanto, realizar dicha compensación. Por ese motivo, la CE autorizó una ayuda de Estado en forma de créditos fiscales especiales.

En 1997, los astilleros fueron traspasados a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que podía acogerse a la normativa general española para compensar pérdidas.

A raíz de este cambio, los astilleros obtuvieron en 1998 un crédito correspondiente a sus pérdidas de 1997 y un crédito fiscal especial de 110,89 millones de euros.

En esas circunstancias, la CE llegó a la conclusión de que dicho crédito fiscal era incompatible con su decisión inicial, adoptada en una situación en que ningún crédito fiscal compensaba las pérdidas debido a la falta de beneficios de la Agencia Industrial, por lo que la cantidad debía ser reembolsada.

España, en desacuerdo con la Comisión, recoge en su recurso que se trata de una ayuda ya aprobada.

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