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Parejas de hecho

El Supremo aconseja que la tributación por herencia se adapte a parejas de hecho

Una sentencia del Tribunal Supremo, al hilo del pago del impuesto sobre sucesiones que debe realizar la pareja de hecho de una persona fallecida, recomienda la introducción de un cambio legislativo para aplicar a las parejas no casadas el mismo gravamen que aplica a los cónyuges.

El caso concreto de la sentencia, recogida en el portal jurídico Datadiar.com, hace referencia al impuesto sobre sucesiones vigente en 1967, que establecía distintas tarifas en función del grado de parentesco que unía al fallecido con sus herederos. En la actualidad, el impuesto fija una tarifa común para todos los herederos, pero con reducciones en la base en función del parentesco o de la relación matrimonial que une a la persona fallecida con sus herederos.

El Supremo entiende que no puede aplicar la analogía para que la pareja de hecho disfrute del mismo gravamen que si fuera cónyuge. Pero apela a la necesidad de que se introduzca un cambio en esta norma fiscal y señala que 'la moderna tendencia social' es atribuir máxima plenitud a las parejas de hecho.

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