Un canon que hace justicia
Determinados sectores de la industria informática han puesto el grito en el cielo porque una sentencia del Juzgado número 22 de Barcelona corrobora que los discos compactos vírgenes (CD-R) deben satisfacer una pequeña cantidad en concepto de derechos de autor.
Más allá del alboroto que sean capaces de originar unos pocos, esta compensación a los autores musicales o audiovisuales por las copias domésticas que hacemos de sus obras es una cuestión de justicia elemental, en el más amplio sentido de la palabra. En primer término, porque así lo consagra la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada unánimemente por el Parlamento español y que constituye uno de los textos legales más avanzados del mundo occidental. Y, en segundo, porque ese puñado de canciones o esa película constituyen todo el capital de sus firmantes.
Los autores no invierten en acciones de un banco o una eléctrica, sino en su propio talento, y deben obtener un mínimo dividendo por ello.
El canon de copia privada se aplica de forma regular y pacífica en España desde hace nueve años. En concreto, las casetes de audio satisfacen 0,18 euros por hora de grabación, mientras que para las cintas de vídeo se estableció una cuota de 0,3 euros. Si en aquel momento no se tuvo en cuenta a los CD vírgenes, fue, simple y llanamente, porque la aparición de tal formato es posterior.
A lo largo de los noventa, la venta de casetes vírgenes presentó un crecimiento sostenido, que se estanca abruptamente en 1999. Sólo en los dos últimos años, las ventas de nuestro viejo y entrañable formato analógico han descendido en más de un 35%. ¿Acaso es que a los españoles, sin aviso previo ni motivo aparente, ha dejado de interesarles la música? Parece que puede apuntarse otra explicación mucho más elemental: el CD se está imponiendo como el soporte dominante para las grabaciones musicales caseras.
Es cierto que en un CD informático se pueden grabar otras cosas: fotografías, programas informáticos, copias de seguridad. Evidentemente. También en una casete se puede registrar una conferencia y un VHS sir-ve para inmortalizar una ce-lebración familiar. La clave del asunto radica en determinar cuáles son los usos mayoritarios de estos soportes.
Busquemos, pues, una voz cualificada y solvente. Un informe de la consultora internacional Millward Brown Alef, fechado en noviembre de 2001, determina que el 77% de los CD vírgenes se emplean en la grabación de música. Dicho más claro: si no se almacenasen canciones en los compactos, las empresas fabricantes y distribuidoras (es decir, las que ahora ponen el grito en el cielo) no habrían vendido 80 millones de unidades en 2001, sino 18 millones.
Quizá por estas cosas de la ley de la oferta y la demanda, un CD-R ahora puede encontrarse en las tiendas por apenas 0,6 euros, incluso menos: la tercera parte de lo que pagábamos por ellos hace apenas tres años. Hay un detalle aún más importante. El canon de copia privada no repercute directamente en los autores, sino que sufraga en buena media las actividades de promoción cultural y asistenciales que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) realiza a través de la Fundación Autor y la Mutualidad de Autores. Gracias a la actitud de estas empresas, los millones de discos vírgenes que han inundado el mercado no han aportado un solo céntimo a los planes asistenciales y promocionales de esta casa.
A lo largo de 2001, la Fundación Autor respaldó más de 650 programas de promoción de la cultura española, desde los ciclos de cine español en EE UU a la culminación de los 10 volúmenes del Diccionario de la Música Española e Hispanoamericana, las becas para estudios coreográficos y audiovisuales en el extranjero o la organización de los ya muy prestigiosos Premios Max de Artes Escénicas.
Mientras todo ello sucede, algunos internautas desaforados prefieren reclamar que no se consuma música española, no se acuda a las salas de cine que exhiben películas españolas y no se compren "más libros que los estrictamente necesarios" (!).
Que cada cual saque sus propias conclusiones.