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Análisis

La UE mutila su política comercial

El Tribunal europeo limita la capacidad de Bruselas para negociar acuerdos de inversión Los jueces imponen la ratificación país por país de los acuerdos más ambiciosos

Depósito de contenedores. EFE/Archivo
Depósito de contenedores. EFE/ArchivoEFE

El Tribunal de Justicia europeo mutiló el martes la capacidad de la Comisión Europea para negociar acuerdos comerciales con países terceros. Bruselas asumió en 2009 la competencia exclusiva en ese tipo de negociaciones y había estrenado sus poderes con acuerdos con Singapur y Canadá, antesala ambos, según Bruselas, de una política comercial comunitarizada y mucho más ambiciosa que hasta ahora.

Pero los magistrados europeos han dictaminado que la UE carece de competencias exclusivas para negociar capítulos de inversión y, menos aún, para someter las discrepancias en ese terreno a tribunales privados de arbitraje.

El dictamen ha revolucionado la política comercial de la UE, aunque su alcance divide a grupos políticos y especialistas en derecho internacional.

Para unos, la política comercial común ha muerto, porque a partir de ahora los acuerdos entre la UE y países terceros no serán ratificados en exclusiva por Bruselas, como pretendían la Comisión y el Parlamento Europeo, sino que deberán ser escrutados y ratificados por los 28 países de la UE.

Ese proceso de ratificación nacional expone al Tratado con Singapur, al que se refiere el dictamen del martes, al veto de cualquiera de los 36 parlamentos nacionales y regionales que deberán pronunciarse sobre el texto.

Y, sobre todo, sienta el precedente para los futuros acuerdos comerciales y de inversión de la Unión, ya concluidos (como los de Vietnam o Canadá) o por concluir (como el de EE UU y China).

Pero Bruselas se ha volcado en una interpretación mucho más optimista del pronunciamiento de los magistrados europeos.

La Comisión Europea encaja con aplomo su derrota e incluso hace una lectura positiva del dictamen. El organismo comunitario se aferra al hecho de que los magistrados han concluido que la mayor parte del acuerdo con Singapur es competencia exclusiva de Bruselas y los países de la UE sólo deben pronunciarse sobre los capítulos relativos a la inversión no directa.

El optimismo también es compartido por algunos grupos políticos del Parlamento Europeo, a pesar de que esa institución defendió ante los jueces que todo el Tratado con Singapur, incluida la parte de inversión, era competencia exclusiva de Bruselas.

Para el Partido Popular Europeo bastará “con separar los acuerdos para delimitar qué competencias corresponden a la UE y cuáles a los Estados miembros”.

En la misma línea se expresa el grupo parlamentario de los liberales. “La separación reforzará la capacidad de la UE para llegar a acuerdos comerciales”, zanja el líder de los liberales, Guy Verhofstadt.

Pero el aire triunfal puede estrellarse con la cruda realidad, como tantas veces le ocurre a las instituciones europeas.

Por lo pronto, los acuerdos concluidos deberán someterse al proceso de ratificación nacional, porque la escisión de los capítulos de política comercial y de inversión obligaría, con toda probabilidad, a renegociar con Singapur y Canadá.

La Comisión, de hecho, ya se resignó el año pasado a esa ratificación nacional por el empeño de países como Alemania. Y la firma del CETA de Canadá tropezó en el Parlamento de Valonia, que sólo a regañadientes aceptó que siguiera adelante de manera provisional, aunque se reservó el derecho a vetarlo más adelante. Un derecho que el Tribunal de la UE ha confirmado.

En segundo lugar, los países terceros podrían negarse a esa separación porque se arriesgarían a que sólo entrase en vigor la parte comercial del acuerdo (ratificada en Bruselas) y se quedase empantanada la parte de inversión (ratificación nacional).

Y, por último, los capítulos sobre inversión son en gran parte el valor añadido de los nuevos acuerdos comerciales, a los que Bruselas ha bautizado rimbombantemente como “de tercera generación”.

Con algunos países, como China, el acuerdo que se pretende negociar es exclusivamente relativo a la inversión. En el caso de Singapur, la negociación arrancó en 2010 con el objetivo de un acuerdo puramente comercial. Pero fue la propia Comisión la que reclamó en 2011 incluir los apartados de inversión. La parte comercial se concluyó en sólo dos años.

Pero los capítulos sobre inversión y sobre los polémicos tribunales de arbitraje necesitaron tres años, prueba de su complejidad. Y tres años después, la ratificación del acuerdo en las 28 capitales aún no ha concluido y el acuerdo sigue aplicándose de manera provisional.

El impacto del dictamen del Tribunal de Luxemburgo se dejará sentir con toda su fuerza en las negociaciones en marcha. En el Tratado Transatlántico de Comercio e Inversión con EE UU (TTIP), Bruselas tendrá que renunciar a los capítulos sobre inversión y arbitraje si quiere evitar el posible veto en cualquier país o región con competencias en política comercial.

Pero fuentes empresariales dudan de la utilidad de los actuales acuerdos comerciales sin un capítulo de inversión. Esas fuentes señalan que el valor añadido ya no está en la rebaja de aranceles sino en la apertura de mercados al capital.

Los acuerdos sobre inversión llevan aparejado, además, el sometimiento de los posibles conflictos a sistemas privados de arbitraje que, según la Corte europea, invaden las competencias nacionales y deben, por tanto, ser ratificados por cada país de la UE.

Esos tribunales de arbitraje han sido, tradicionalmente, una exigencia de los inversores europeos como vacuna contra el posible favoritismo de los tribunales nacionales de un país tercero. La desaparición del arbitraje obligaría a las empresas europeas a dirimir sus conflictos en Vietnam o Singapur (o EE UU, si se cerrara el TTIP) ante los tribunales de esos países, una posibilidad que los inversores observan con claro temor. La misma reticencia se observa en los inversores estadounidenses a hacia los tribunales nacionales europeos, motivo por el que se incluyeron los arbitrajes en el TTIP.

“El dictamen sobre Singapur abre el camino para la extinción de los arbitrajes, al menos en los megaacuerdos comerciales en los que participe la UE”, pronostica en su análisis Daniel Sarmiento, profesor de la universidad Complutense y antiguo letrado en el Tribunal europeo.

La CE tal vez celebre la desaparición de los polémicos arbitrajes. Pero será una victoria pírrica si el precio a pagar es volver a los acuerdos comerciales “de segunda generación” sin apenas valor añadido

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