La CNMV amenaza con multar a las empresas que abusen del ebitda en sus presentaciones de resultados

Pide más transparencia contable y que no se haga un uso oportunista de las métricas alternativas como ebitda o el flujo de caja libre

El presidente de la ComisiÓn Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo BuenaventuraKiko Huesca (EFE)

La CNMV ha lanzado hoy una seria advertencia a las compañías cotizadas sobre cómo tienen que presentar sus cuentas, justo cuando va a dar comienzo la campaña de resultados del primer trimestre. El regulador del mercado español reclama que lo hagan con mayor transparencia y que no abusen de métricas alternativas como el ebitda o el flujo de caja libre, indicadores no recogidos por la normativa contable, que no permiten una comparativa realmente fiable y a las que las empresas recurren en ocasiones de forma oportunista para mejorar en lo posible sus cuentas.

En un comunicado difundido hoy, la CNMV señala que ha detectado “una serie de defectos” en el uso de las denominadas medidas alternativas del rendimiento (Alternative Performance Measures, APM, por sus siglas en inglés). Recuerda que ya en 2015 anunció la adopción de las directrices de ESMA, el regulador del mercado europeo, a propósito de cuál debe ser el uso correcto de estas métricas contables alternativas y añade que desde entonces ha realizado una supervisión estrecha, “remitiendo numerosos requerimientos y recordatorios a las entidades”. Sin embargo, la CNMV “constata que sigue existiendo un amplio margen de mejora” y advierte que tiene poder sancionador sobre las compañías que abusen de la ingeniería contable.

Para empezar, el regulador cree “imprescindible” que las compañías revisen todas las magnitudes de rendimiento financiero que aparecen en sus informaciones públicas, como folletos, informes anuales o semestrales, y que analicen si en caso de haber medidas alternativas de rendimiento siguen las directrices de la ESMA. Una de esas principales directrices es que tales métricas financieras “no se presentarán con mayor prominencia, énfasis o autoridad que las medidas que se obtienen directamente de los estados financieros”. En definitiva, que no debe darse más relevancia a un ebitda positivo, métrica financiera no estandarizada, que a un resultado neto, menos aún cuando la empresa está en pérdidas.

Auditores y contables ya han advertido en el pasado contra los riesgos de que una empresa llegue a crearse una suerte de “ebitda a medida”, puesto que a menudo esta métrica resulta de añadir o restar cantidades a los importes habituales en los estados financieros. En caso de números rojos, la creatividad contable contra la que advierte la CNMV podría ir subiendo en las distintas partidas de la cuenta de resultados hasta donde no haya pérdidas.

Según explica la CNMV, se entiende que las medias alternativas de rendimiento tienen “una mayor prominencia cuando las explicaciones sobre la información del emisor comienzan con estas medidas, dándoles una ubicación informativa preferente y destacada, o cuando la evolución de la sociedad se explica mayoritariamente con estas medidas”. El regulador también insiste en que se si recurre a esas magnitudes contables alternativas, hay que facilitad referencias a los inversores para su correcto entendimiento y “guiar al usuario con un hipervínculo directo a la información, que permita un acceso completo a la información y sin que medie una sucesión de enlaces hasta la información final”.

“No se debe utilizar el término “no recurrente”, o partidas específicas, sin explicar su origen y justificar adecuadamente dicha naturaleza”, advierte la CNMV. El regulador también avisa de que “ejercerá sus potestades sancionadoras cuando detecte informaciones publicadas por emisores en forma de APMs que induzcan a confusión al público o contengan datos inexactos o no veraces, y se determine que suponen un incumplimiento de la normativa legalmente aplicable de transparencia o abuso de mercado”.

A propósito del ebitda, la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) recuerda que cada empresa tiene una configuración específica de ingresos y gastos, determinada por el tipo de negocio que desarrolla. Y afirma que la cualidad esencial que debe presidir la selección de ingresos y gastos que se incluyen en el ebitda es en primer lugar que pertenezcan a sus actividades de explotación, excluyendo el consumo de capital fijo, y en segundo lugar, su recurrencia en el tiempo.

La AECA precisa que la entidad que incluya el ebitda al presentar sus estados contables “debe justificar el cálculo efectuado a partir de variables estandarizadas, definidas en las cuentas anuales elaboradas según el marco normativo de información financiera que sea de aplicación”. La asociación insiste en que se defina la versión del ebitda empleada, “detallando las hipótesis o suposiciones utilizadas para su cálculo” y en que ese procedimiento de cálculo se mantenga de forma coherente en el resto de información financiera. “Las partidas seleccionadas deben tener la característica de la recurrencia, es decir, deben presentarse o poder presentarse período tras período. Una vez seleccionadas se incluirán con independencia de la cuantía que alcancen”, añade la AECA.

La advertencia de hoy de la CNMV también hace una mención especial a las métricas contables relacionadas con la sostenibilidad, tales como facturación verde o CAPEX sostenible. Recuerda que se considerarán igualmente medidas alternativas de rendimiento, y por tanto no definidas por la regulación contable, si no se ajustan a estándares obligatorios como el Reglamento de Taxonomía de la UE o el de divulgación (SFDR, por sus siglas en inglés). Así, y ya que se trata de conceptos más novedosos para el accionista, la CNMV recomienda a los emisores aclarar que la medida alternativa empleada es “no taxonomía” o “no SFDR”.

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