La segunda oportunidad no debería necesitar un GPS
Una divergencia sobre el acceso a la exoneración exige claridad legislativa, no resignación profesional
En los mapas antiguos había dragones donde terminaba el mundo conocido. En los mapas judiciales no aparecen, pero cualquier abogado sabe señalar lugares donde una misma pregunta obtiene respuestas distintas. Hasta ahí nada extraordinario: interpretar es también discrepar. El problema empieza cuando lo que cambia al cruzar una frontera provincial no es un matiz académico, sino el tiempo que una persona deberá seguir viviendo con sus deudas.
Imaginemos a dos deudores de buena fe. Mismo pasivo, ninguna propiedad realizable, idénticas cargas familiares y una nómina de algo más de 2.000 euros. No es un umbral legal ni una medida universal de holgura: pagar un alquiler y sostener una familia también cuenta. Supongamos, además, que ambos conservan una capacidad de pago equivalente. La única diferencia relevante para nuestro experimento es el tribunal competente.
¿Deberían encontrar una segunda oportunidad sustancialmente distinta? La pregunta tiene una traducción jurídica concreta: ¿puede quien carece de patrimonio realizable, pero percibe un salario parcialmente embargable, acceder a la exoneración por la vía del concurso sin masa, o debe quedar encauzado hacia un plan de pagos?
No estamos ante una extravagancia de laboratorio. La controversia enfrenta dos formas de entender el sistema. Una atiende al patrimonio disponible y distingue entre lo que el deudor tiene y lo que todavía deberá ganar trabajando; la otra considera que una capacidad real de pago futuro debe ponerse al servicio de los acreedores mediante un plan. Ambas merecen algo mejor que una caricatura.
El artículo 486 del texto refundido de la Ley Concursal contempla dos modalidades de exoneración. El 495 permite solicitarla mediante un plan de pagos; el 501 prevé expresamente la solicitud en concursos sin masa en los que no se haya acordado liquidación.
Lo que no encontramos es una regla que diga que cobrar más de determinada cantidad obliga, por sí solo, a seguir un plan.
Naturalmente la lectura no termina ahí. Hay que determinar qué integra la masa activa, diferenciar salarios devengados de ingresos futuros y comprobar los presupuestos del concurso sin masa. Pero tampoco cabe resolverlo al revés: trasladando sin más las exigencias sobre el contenido de un plan a la decisión previa de si ese plan resulta obligatorio. Regular cómo se recorre un camino no equivale necesariamente a ordenar que todos circulen por él.
La objeción es seria: si existe excedente, ¿por qué permitir una exoneración sin destinarlo durante un tiempo a los acreedores? El crédito también merece protección. Ahora bien, esa preocupación no zanja por sí sola qué sacrificio exige la ley, durante cuánto tiempo y a través de qué modalidad. La finalidad de cobrar no puede sustituir la discusión sobre las condiciones legales para volver a empezar.
Aquí aparece un coste del que hablamos menos: la incertidumbre también se paga. Se paga en recursos, en meses de espera y en decisiones defensivas. Incluso en aceptar un itinerario más gravoso, no porque se reconozca como jurídicamente debido, sino porque discutirlo resulta demasiado caro. Para quien ya es insolvente, financiar la aclaración del sistema es una exigencia particularmente paradójica.
El riesgo es que la segunda oportunidad termine teniendo dos precios: el sacrificio previsto por la ley y el coste de averiguar qué significa esa ley en el lugar donde uno vive.
Una divergencia sobre la puerta de entrada a la exoneración reclama claridad legislativa y criterios de unificación, no resignación profesional. Si disponer de cierta capacidad de pago supone imponer un plan, el legislador debería decirlo y delimitar cómo se mide, qué necesidades se protegen y qué excepciones proceden. Lo que no debería normalizarse es que una decisión semejante se convierta en una cuestión de geografía.