¿Cuánto se queda Hacienda por cada premio de Lotería de Navidad?

Gestha cifra en un total de 168,3 millones de euros la cuantía que las arcas públicas podrían ingresar en caso de que se repartan integramente los tres primeros premios

Una persona sujeta uno de los premios de las bolas de los bombos del Sorteo Extraordinario de Navidad, en el Teatro Real (Madrid).Eduardo Parra (Europa Press)

El próximo 22 de diciembre se celebra el Sorteo Extraordinario de Navidad 2023, con el que el Estado reparte 2.590 millones de euros en premios —70 millones más que el año pasado por la incorporación de cinco series más a las 180 que salieron a la venta en 2022— entre los 185 millones de décimos de Lotería puestos a la venta. La emisión asciende a 3.700 millones de euros en total, repartiéndose en premios el 70%.

Entre los premios repartidos por la Lotería de Navidad, destacan el primer premio, “El Gordo”, con 4.000.000 de euros a la serie (400.000 euros al décimo premiado); el segundo premio, de 1.250.000 euros a la serie (125.000 euros al décimo); y el tercero, con 500.000 euros a la serie (50.000 euros al décimo). También se reparten dos cuartos premios de 200.000 euros (20.000 al décimo) y ocho quintos premios de 60.000 euros (6.000 euros al décimo). Pero, de estas cantidades, ¿cuánto es para los agraciados?

¿Cuánto se queda Hacienda?

Desde 2013, los premios pagados correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (Selae) están sometidos a un gravamen especial a través de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, dirigida a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.

Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros solo tributarán respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe. La base de la retención del gravamen especial estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será del 20 por ciento.

De este modo, un premio de 100.000 euros, tributaría al 20% sobre 60.000 euros (100.000 - 40.000), por lo que se practicaría una retención de 12.000 euros y se percibirían 88.000. En el caso de “El Gordo”, el ministerio de Hacienda se queda con 72.000 euros de los 400.000 con los que resulta agraciado cada boleto ganador. Los portadores del primer premio recibirán, por consiguiente, 328.000 euros.

De la misma manera, para un segundo premio, dotado con 125.000 euros, se tributaría por los 85.000 euros no exentos, de manera que Hacienda se queda con 17.000 euros y el ganador, con 108.000 euros. Los ganadores de un tercer premio (50.000 euros) tendrán que tributar 2.000 euros y se quedarán con 48.000 euros. El resto de premios está exento por no alcanzar los 40.000 euros.

Según los cálculos de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), el ministerio podría ingresar un total de 168,3 millones de euros en el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad 2023 si se reparten los tres primeros premios, es decir, 4,5 millones más que el año pasado.

Los técnicos piden “precaución” a la hora de contratar un seguro de ‘Devolución de impuestos de la lotería’ y recuerdan que el cobro de la indemnización equivalente al gravamen retenido hay que incluirlo en la declaración del IRPF como incremento de patrimonio en la renta general, junto al resto de rendimientos sometidos a la escala general, correspondiente al año en que lo perciba.

Asimismo, destacan que los premios obtenidos por sociedades, fundaciones y asociaciones, principalmente con premios de la Lotería de Navidad, repuntaron en 2022 hasta los 153,7 millones, el segundo año más alto tras el máximo alcanzado en 2019. Gestha insiste en modificar la ley para “evitar que las entidades en pérdidas o parcialmente exentas obtengan la devolución de la retención del gravamen del 20%”.

¿Qué debe hacer si tiene uno de los boletos agraciados?

La Selae deberá proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, los que sean superiores a 40.000 € por décimo, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades. La propia entidad detraerá del premio -ya sea décimo, fracción o cupón de lotería- el gravamen correspondiente en el momento del pago, de manera que los ganadores no tendrán que realizar ningún trámite adicional.

La Agencia Tributaria recuerda en su web que, en el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...) en los que el premio se reparte entre todos los participantes, se deben distribuir los 40.000 € que están exentos, entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación, y quien proceda al reparto del premio que figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Aeat que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo, por tanto, necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación.

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