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La CNMV multa por infracción muy grave a un cargo intermedio de Naturgy que abusó de su posición en la opa de IFM

El sancionado se valió de información privilegiada y compró 3.500 derivados de acciones de Naturgy el día antes de que el inversor australiano anunciara su oferta de adquisición

Carlos San Basilio, presidente de la CNMVPablo Monge

El 26 de enero de 2021, las acciones de Naturgy subieron más de un 15% después de que el fondo australiano IFM anunciara antes de la apertura del mercado una oferta pública de adquisición (opa) sobre parte de su capital. Un día antes, el 25 de enero de 2021, un cargo intermedio de Naturgy había comprado 3.500 CFD (contrato por diferencia, por sus siglas en inglés), cuyo subyacente eran las acciones de la energética. Los CFD son productos complejos, netamente especulativos, donde el inversor y el bróker pactan intercambiar la diferencia de precio de un activo entre el momento de la apertura y e...

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El 26 de enero de 2021, las acciones de Naturgy subieron más de un 15% después de que el fondo australiano IFM anunciara antes de la apertura del mercado una oferta pública de adquisición (opa) sobre parte de su capital. Un día antes, el 25 de enero de 2021, un cargo intermedio de Naturgy había comprado 3.500 CFD (contrato por diferencia, por sus siglas en inglés), cuyo subyacente eran las acciones de la energética. Los CFD son productos complejos, netamente especulativos, donde el inversor y el bróker pactan intercambiar la diferencia de precio de un activo entre el momento de la apertura y el cierre de la transacción. No se adquieren los títulos reales. IFM ofrecía una prima del 20% sobre el precio en que cerró la acción de la cotizada del Ibex 35 el lunes previo.

Casi cinco años más tarde, el pasado 26 de noviembre de 2025, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) determinó que dicho empleado de la compañía se valió de información privilegiada para realizar esa compra y abusó de su posición en el mercado. Debido a lo anterior, el comité ejecutivo del regulador le impuso una sanción por infracción muy grave que conlleva una multa de 40.000 euros, según consta en documentación judicial y confirman fuentes al tanto de la situación. Estas mismas fuentes subrayan que se trata de un “cargo intermedio” de la compañía. Naturgy y la CNMV han declinado hacer comentarios.

El empleado multado no estaba de acuerdo con la sanción y decidió recurrir en vía administrativa ante la propia CNMV, que confirmo la multa el 27 de febrero de este año. El infractor siguió recurriendo pero sus pretensiones, de nuevo, fueron desestimadas el pasado 21 de mayo.

A partir de ahí, el responsable de Naturgy multado decidió acudir a la vía judicial, donde además de litigar para esquivar esta sanción, también solicitó a la Audiencia Nacional que rebajara la publicidad de la multa, que por ley debe ser publicada tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el registro público de sanciones de la CNMV. Concretamente, el empleado sancionado, que sigue trabajando en la empresa, no pide que se oculte su nombre en la publicación de la multa, sino que solicita evitar que se revele el nombre de Naturgy. Sin embargo, estas pretensiones, que han motivado la apertura de una pieza separada en los juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, han sido desestimadas.

El recurrente pedía esa medida cautelar hasta que se resuelva la cuestión de fondo para evitar consecuencias “irreparables” para la empresa. “No solicitamos que se anonimice a nuestro representado en la publicidad sino a la entidad emisora que ha manifestado no estar de acuerdo con la sanción y no aparecer en la publicidad”, señalan los abogados del empleado multado en su recurso ante el tribunal, que recibieron de la empresa un “escrito de manifestaciones” pidiéndole no aparecer en la publicación de la multa.

La Audiencia Nacional descarta la afectación sobre la empresa: “No hay la mínima acreditación, siquiera indiciaria ni en lógica derivada, sobre la repercusión que tendría la publicación de la sanción que se impone”. Destaca el tribunal que Naturgy es “totalmente ajeno a los hechos sancionados”.

IFM lanzó a inicios de 2021 su opa parcial sobre Naturgy sin ningún acuerdo previo, al menos sobre el papel, con ningún accionista de la compañía. De hecho, el consejo de administración de Naturgy tildó esta operación de adquisición como “no solicitada”. La cuestión generó controversia en las semanas posteriores al lanzamiento de la oferta, en tanto sorprendía que los responsables del fondo australiano hubieran lanzado la operación sin un acuerdo informal previo con parte del capital. CriteriaCaixa, máximo accionista de la empresa, consideró hostil la maniobra y aumentó su participación en la firma para reducir en la medida de lo posible el free float, lo que reducía las expectativas de los inversores oceánicos de alcanzar el 20% del capital social.

Lo único que trascendió en el mercado es que IFM avisó informalmente con antelación al lanzamiento de la opa a los máximos responsables de Naturgy. Sin embargo, las fuentes consultadas señalan ahora que el directivo expedientado es un cargo intermedio, en ningún caso uno de los primeros espadas de la compañía. No obstante, una operación de este tipo se fragua semanas o meses antes y en la misma intervienen, además de IFM, sus diversos asesores externos (financieros, legales, de comunicación, etc.) que, aunque firman acuerdos de confidencialidad, podrían saltarse sus obligaciones y que la información llegue a terceros, quienes podrían aprovecharse de la situación para intentar lucrarse. Sea como fuere, la cuestión está aún judicializada y no se conocen los detalles del expediente. La CNMV aún debe esperar a que se resuelva el litigio y que la sanción sea firme para publicar el nombre del infractor.

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