LaLiga exigirá por contrato a sus socios audiovisuales llevar ante la justicia a señales y usuarios piratas
El procedimiento de adjudicación de los derechos a partir de 2027 incrementa también los requisitos técnicos que deberán cumplir para blindar la señal. Competencia discute algunas de las medidas
LaLiga da una vuelta de tuerca más a su estrategia antipiratería. La patronal futbolística, que acaba de ...
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LaLiga da una vuelta de tuerca más a su estrategia antipiratería. La patronal futbolística, que acaba de poner en marcha el procedimiento de adjudicación de los derechos audiovisuales en España a partir de la temporada 2027-2028, incrementa en el mismo las exigencias que deberán cumplir en esta materia los operadores que adquieran la competición, tanto a nivel técnico como a nivel jurídico, pasando estos a tener un papel activo en la estrategia legal trazada por la entidad que preside Javier Tebas.
Como indica el documento de condiciones publicado por LaLiga, los socios televisivos a los que adjudique los derechos estarán obligados a acompañarla en el impulso de acciones judiciales contra distribuidores de señales fraudulentas y sus usuarios. El procedimiento, que está en fase de recepción de ofertas y que prevé su conclusión en diciembre, parte de una premisa ya presente en el anterior concurso: que estos operadores deberán “intervenir como perjudicados” en aquellos procesos que se hayan abierto contra terceros que emitan la señal de forma fraudulenta, sean instados o no por LaLiga.
Sin embargo, el procedimiento actual eleva esa exigencia y otorga a los operadores televisivos un papel proactivo. Por ejemplo, les exige comprometerse a tomar la iniciativa e impulsar acciones judiciales “y extrajudiciales”, acompañados por LaLiga, para que los bloqueos de IPs que se efectúan como parte de la estrategia antifraude tengan “eficacia”. En este ámbito, la patronal señala que sus socios deben colaborar para que los tribunales de justicia adopten los bloqueos dinámicos en directo, y para lograr que estos logren “su máxima efectividad en el menor tiempo posible”. Es decir, que una conexión pueda ser bloqueada de forma inmediata y automática si se detecta que está distribuyendo o compartiendo contenidos de la competición de forma fraudulenta, a través de servicios de VPN, proxy inverso o DNS.
El bloqueo de las IP, las direcciones que muestran la trazabilidad de una conexión a internet, es una de las medidas principales que LaLiga, junto a Movistar, viene ejecutando para evitar la presencia de señales pirata. A finales de octubre, el Congreso de los Diputados rechazó una proposición no de ley impulsada por el BNG contra estos bloqueos. El partido gallego exigía que los mismos no fuesen “indiscriminados” y afectasen a webs legítimas que no tienen que ver con esos fraudes, como han denunciado algunos consumidores.
La PNL no tuvo los votos suficientes, lo que LaLiga entiende como un respaldo a su estrategia. Esta defiende que sus bloqueos dinámicos son “proporcionales, quirúrgicos y acotados” a los partidos, en base a una resolución judicial de diciembre de 2024 que le permite hacerlo. “LaLiga no ha recibido ninguna reclamación judicial derivada del bloqueo dinámico de direcciones IP”, defendió hace unas semanas.
Pero el procedimiento de los derechos no solo apunta a quienes distribuyen la señal, sino también a quienes acceden a ella. Si el adjudicatario es un operador de telecomunicaciones, como puede ser Telefónica, este también deberá comprometerse a “cooperar activamente” en acciones judiciales dirigidas a “identificar a aquellos clientes que a través del servicio de internet acceden a los contenidos audiovisuales de forma ilícita”. Entre los métodos, menciona la tecnología P2P y, explícitamente, la plataforma de streaming Acestream; o el cardsharing, método a través del que una señal legítima es compartida y distribuida a terceros que, a través de descodificadores, acceden de forma fraudulenta a ella. Una sentencia del juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona admitió en 2024 que los operadores pudiesen identificar al propietario de la señal legal que la redistribuía y cobraba por ello, pero no a los que se conectaban de forma fraudulenta.
Por otra parte, si el adjudicatario es una plataforma de streaming u OTT, como en la actualidad es Dazn, este también debe comprometerse a bloquear dominios, webs y direcciones IP “sin necesidad de intervención judicial”, algo que ya incluía en el procedimiento de 2021.
LaLiga, a consulta de este periódico, defiende que son cláusulas vinculadas “a un mínimo de diligencia para la conservación del producto audiovisual”, y también recuerda que el fraude “constituye el riesgo más relevante para la industria audiovisual”. Esta estima un impacto anual de hasta 700 millones de euros en su capacidad de generación de ingresos. Desde hace años se ha convertido en la principal bandera de su presidente, Javier Tebas, con el objetivo de que el producto no sufra una devaluación en sus derechos de emisión, y que le ha llevado a un enfrentamiento directo con el gigante de internet Cloudflare. El acuerdo actual en España, donde los mismos están en manos de Telefónica y Dazn, garantiza a los clubes unos 1.000 millones de euros anuales. Contando los derechos internacionales, el montante supera los 1.800 millones.
Objeciones de la CNMC
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó el pasado jueves un informe que discute algunos puntos del proceso de adjudicación de los derechos, entre los que se incluían algunas de esas obligaciones que deben contraer los adjudicatarios.
El mismo hace referencia a ese compromiso de intervención en procedimientos judiciales de los operadores como perjudicados. Esto, dice Competencia, “supone una intromisión injustificada en la estrategia legal y el normal funcionamiento corporativo de un tercero, puede llevarle a asumir gastos que sean lesivos para sus intereses, y excede el ámbito de aplicación” del decreto que permite a LaLiga comercializar de forma centralizada sus derechos.
Esta, además, exigirá a los adjudicatarios a aplicar “al menos” una docena de medidas técnicas para blindar la señal ante fraudes. Entre las nuevas, el procedimiento menciona sistemas de rotación de claves, medidas para la prevención de la captura de imagen y audio, sistemas anti-VPN y geobloqueo, dobles factores de autentificación para que los usuarios proporcionen dos formas de verificación para acceder a su cuenta, o un sistema de validación de medios de pago limitado al territorio donde se retransmiten los partidos, así como “medidas de verificación del lugar de ubicación de los abonados”, entre otras, como marcas de agua invisibles en las imágenes de origen.
Sobre ello, la CNMC indica que LaLiga debe asegurar la “necesidad y proporcionalidad” de las obligaciones de geobloqueo, y cuestiona la exigencia de que “al menos” los operadores tengan que aplicar esas 12 medidas, al dar a entender que la patronal puede exigir otras adicionales y con “el correspondiente coste asociado al adjudicatario”.