Guía para seguir el juicio entre Iberdrola y Repsol por ecopostureo empresarial

La vista oral, que se celebra en un juzgado de Santander desde primera hora de la mañana, se centra en las exposiciones de las defensas y de los peritos que han analizado el asunto

Los presidentes de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, y el de Repsol, Antonio Brufau, en una imagen de archivo.Juan Lazaro (CINCODIAS)

El sector energético tiene la mirada puesta desde primera hora de la mañana en los juzgados de Santander. El Mercantil número 2 celebra este jueves la vista oral por la demanda que la mayor eléctrica española, Iberdrola, presentó contra la mayor petrolera del país, Repsol, por el denominado greenwashing (o ecopostureo), que se refiere a las prácticas publicitarias engañosas utilizadas para presentarse al mercado como respetuosos con el medio ambiente. La pugna entre ambas compañías viene de largo y tiene como trasfondo la carrera por la transición energética. Esta batalla ha ido acompañada de cruces de denuncias en Autocontrol y ahora llega a los tribunales con una demanda inédita. La compañía que pilota Ignacio Sánchez Galán aprovechó las sanciones impuestas por la Advertising Standards Authority (ASA) del Reino Unido a su rival por blanqueo ecológico para elevar el caso a los tribunales españoles. Por todo ello, el juicio centrará gran parte de la atención del mundo empresarial y energético, ya que es el primero en el país sobre esta temática, al menos, entre dos grandes compañías, ambas firmas del Ibex 35.

Santander, sede del debate. Iberdrola decidió dirigir su demanda contra Repsol, la matriz del grupo petrolero que dirige Jon Josu Imaz, así como contra dos filiales: Repsol Comercial de Productos Petrolíferos y Repsol Comercializadora de Electricidad y Gas. Aunque las dos primeras tienen su sede en Madrid, la eléctrica de origen vasco decidió presentar su demanda, el pasado mes de febrero, en la capital cántabra, amparándose en que es sede de la comercializadora de electricidad y gas. Dicha elección ha permitido que la causa se tramitara con mayor celeridad: la demanda fue admitida a trámite en marzo y en julio se celebró la audiencia previa, en la que ambas partes ratificaron su posición y se propusieron las pruebas que se van a examinar durante la vista oral.

El juicio, que comenzará a las 09.00 horas y se prevé largo, se celebra en tan solo ocho meses desde que se inició el procedimiento y contará con la exposición de las defensas de ambas compañías, así como las comparecencias de peritos que han estudiado este asunto.

Repsol se opuso a que el proceso se dirimiera en Cantabria, por lo que presentó una declinatoria de jurisdicción con la intención de que la causa se llevara a los juzgados de Madrid, al entender que la esencia de la denuncia es el contenido de su web corporativa y que por ello se incluyó en ella a la matriz, además de tres campañas publicitarias de las comercializadoras. No obstante, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander, Carlos Martínez de Marigorta Menéndez, rechazó inhibirse en favor de los juzgados de la capital, al considerar que “la acción cuantitativa” más importante iba contra la comercializadora de luz y gas de Repsol.

Competencia desleal. El greenwashing aún no está encajado en el ordenamiento jurídico español, pero Iberdrola recuerda en su demanda que estas conductas son reprochables, al estar recogido en la Directiva sobre Empoderamiento de Consumidores para la Transición Ecológica —pendiente de transposición a las leyes españolas— y en una Propuesta de Directiva sobre Alegaciones Medioambientales del Parlamento Europeo y del Consejo. Aun así, Iberdrola fundamenta la demanda contra Repsol en tres artículos de la Ley de Competencia desleal, que considera que han sido vulnerados: actos de engaño, omisiones engañosas y publicidad ilícita.

Tres campañas publicitarias y 15 referencias en la web. La demanda cuestiona los mensajes que la petrolera presidida por Antonio Brufau ha lanzado a sus clientes para presentarse como líder en la transición energética y poner en valor su compromiso con las cero emisiones netas en 2050. Iberdrola afirma que en 2023, Repsol difundió tres campañas publicitarias sobre biocombustibles, hidrógeno renovable y multienergía que, en su opinión, son un claro ejemplo de ecopostureo. Lo mismo opina sobre 15 referencias publicadas en su página web corporativa. Iberdrola señala en su escrito que en 2022 la petrolera aumentó sus emisiones de CO2 en un 16%, “siendo el mayor emisor” de España”; y que destinó el 82% de sus inversiones a combustibles fósiles y solo el 0,82% a la producción de energía renovable, lo que supone “tan solo el 0,4% de sus ingresos provienen de actividades de generación renovable”.

En su defensa, Repsol asegura que en generación renovable cuenta con 2 GW de capacidad instalada en España y que, en el sector de la recarga eléctrica, ha firmado importantes contratos con empresas relevantes y tiene 2.000 puntos operativos. Y añade que su red de estaciones de servicios está compuesta por más de 3.300 puntos repartidos por todo el país y que, en octubre del año pasado, ya inició la producción de hidrógeno renovable para la descarbonización de los grandes centros industriales.

Grandes despachos. Tanto Iberdrola como Repsol han buscado a despachos de prestigio para su asesoramiento legal en esta batalla. Iberdrola se ha puesto en manos de Ontier, mientras que Repsol ha puesto su confianza en Dentons. En ambos casos no han podido contar con el apoyo de los grandes despachos que suelen trabajar con ellos en otros asuntos y operaciones corporativas para evitar conflictos de intereses. Asimismo, la eléctrica apoyó su demanda en los informes periciales que elaboraron las consultoras Nera Economic Consulting y Roman Reputation Matters.

Alcance de la condena. Aunque no hay una fecha marcada en el calendario para que el juez dicte su sentencia, las compañías esperan que se conozca a finales de este año o principios del que viene. Iberdrola no pide una cuantía como condena, más allá de las costas del procedimiento, sino que pide una sentencia en la que se declare la existencia de competencia desleal y que prohíba a Repsol realizar nuevas campañas o actos que puedan calificarse de blanqueo ecológico. Es decir, el alcance de la sentencia será más bien moral.

En concreto, la multinacional vasca solicita la retirada de varias campañas publicitarias, así como la destrucción de cualquier material que pueda llegar a los consumidores, como embalajes, cartelería, folletos, vídeos, grabaciones acústicas, e insta a prohibir la publicación en el futuro de contenidos idénticos o análogos a los denunciados. Asimismo, pide al juzgado que, en caso de que el asunto se resuelva con una sentencia condenatoria, Repsol publique dicha resolución en su web corporativa, además de en radio y televisión, al menos una vez al día durante una semana, en los mismos canales y la misma franja horaria y duración que tuvieron los contenidos declarados ilícitos, así como en dos periódicos de mayor circulación a nivel nacional, y en las redes sociales (Instagram, Facebook, Twitter, LinkedIn, Youtube, Flickr y TikTok).

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