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En colaboración conLa Ley
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El arbitraje interno no termina de despegar en España

Sigue siendo un mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos muy desconocido en el ámbito interno en nuestro país

Sede de la Corte de Arbitraje de Madrid
Sede de la Corte de Arbitraje de Madrid

La creación de los primeros centros de arbitraje en España comenzó con la ley de 1988. A pesar de que ya han pasado más de tres décadas, el arbitraje sigue siendo un mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos muy desconocido en el ámbito interno, lo que contrasta con la aceptación generalizada en el plano internacional.

Para José Carlos Fernández, director de la Escuela de Arbitraje de la Corte del Colegio de Abogados de Madrid y de la revista La Ley Mediación y Arbitraje, la promoción del arbitraje interno tiene ciertos obstáculos, entre los que destaca “una deficiente generalización de la cultura arbitral entre abogados y empresarios, el frágil o incluso inexistente apoyo de la Administración, o la falta de concienciación y formación en las empresas sobre sus ventajas”.

En este sentido, Urquiola de Palacio, presidenta de la Corte de Arbitraje de Madrid, insiste en la importancia de la labor didáctica, para forma e informar en materia de arbitraje. “Todos somos conscientes de que no se elige lo que no se conoce bien, y eso puede llevar a muchos a quedarse con la vía de solución de conflictos que por defecto asigna la ley, que es la jurisdiccional” concluye.

Asimismo, señala que una de las principales ventajas del arbitraje es la flexibilidad para adaptarse a lo que necesita el mercado. Esto ha permitido, como indica Elena Sevila, socia en Andersen del área procesal y de arbitraje internacional, que “el arbitraje no haya parado durante la pandemia”. Por ello, Sevila advierte de que “las empresas que no pacten acudir a arbitraje o a soluciones alternativas de resolución de conflictos serán las que padezcan las consecuencias del aumento en la litigiosidad derivado de la pandemia”.

Otro de los factores que establece Sevila como freno para la extensión del arbitraje doméstico es el alto coste para los contratos de cuantías no muy elevadas o para aquellas sociedades que no cuentan con suficiente músculo financiero. Sin embargo, según Fernández y De Palacio, si se comparan ambos procedimientos, teniendo en cuenta su duración o las tasas e impuestos derivados del uso del sistema de justicia, el arbitraje resulta menos costoso que el proceso judicial.

Por su parte, Juan Serrada, presidente de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje, se muestra optimista sobre el futuro de este procedimiento en España y alaba la calidad de los profesionales que se dedican al arbitraje, “equiparable a la de cualquier otro país de nuestro entorno”. De tal manera que, en su opinión, “no existe otro camino que el de ganar la credibilidad día a día, ofreciendo un servicio impecable por parte de la corte y de los árbitros”.

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