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Fija 24 materias de competencia local

La FEMP propone retirar las competencias a los municipios de menos de 20.000 habitantes

Un informe de la FEMP sobre competencias de las corporaciones locales fija en 24 la lista de materias de competencia local y establece que las Diputaciones, Cabildos y Consejos insulares deben asumir un papel de administración común para los municipios que carezcan de medios para prestar los servicios y centrarse en los menores de 20.000 habitantes.

En ese estudio, al que ha tenido acceso EFE, no se incluyen como servicios los que los Ayuntamientos han realizado "por imposición legal" como el mantenimiento y conservación de los colegios públicos o la dotación de medios materiales a los juzgados de paz.

Entre las insuficiencias del sistema actual, cita la incapacidad para dotar de contenido a la autonomía local y añade que la falta de atribución de competencias ha llevado a la confusión de la competencia con la realización de actividades y prestación de servicios.

Considera insuficiente la definición del papel de las Diputaciones, Cabildos y Consejos, lo que las ha impedido desarrollarse como instituciones complementarias de los municipios.

Para la Federación Española de Municipios y Provincias, la insuficiencia del sistema de colaboración intermunicipal para la prestación de servicios y realizaciones de actividades en común ha derivado en la creación de nuevas estructuras administrativas, sin garantizar una mayor eficacia.

Atribuye la insuficiencia financiera a la escasez de recursos municipales y a la "absoluta desconexión" del sistema de financiación con el de competencias.

Por todo ello, la FEMP cree que la regulación básica del Gobierno y la Administración local debe contar con una norma que garantice la estabilidad del sistema y que la "solución ideal" sería una ley orgánica, ya que estima que la Constitución "se olvidó" de una "institución básica", como son las entidades locales.

Como no cree que se vaya a reformar la Constitución, pide que la regulación del nuevo sistema de Gobierno y Administración local, si se hace por ley ordinaria, contenga una serie de modificaciones.

Pide, además, un "pacto político" que comprometa al Estado y a las comunidades autónomas a respetar la configuración básica del sistema que esa ley básica establezca.

Para hacer efectivo el principio de una Administración una competencia, el pacto debería incluir el compromiso del legislador de abordar a la mayor brevedad posible una revisión de toda su normativa vigente para adecuarla al nuevo marco competencial de las entidades locales.

La FEMP señala que también se debe garantizar la autonomía local frente a posibles pretensiones de tutela y articular mecanismos de defensa, como su suspensión y previsión de acciones judiciales.

Advierte de que la construcción de infraestructuras de competencia estatal o autonómica no debe conllevar la imposición al Ayuntamiento de cargas u obligaciones económicas.

En cuanto a la planta local, la FEMP considera que no es negativa su diversidad y que la supresión de municipios no modificará esa realidad y añade que, sea cual sea el tamaño, deben ser respetados como institución política básica.

Reconoce que no todos tienen capacidad suficiente para prestar los servicios y admite que la solución a esas carencias pasa por la disociación entre su entidad política y su estructura administrativa.

A su juicio, las Diputaciones, Cabildos y Consejos insulares pueden asumir ese papel de administración común en los de menos de 20.000 habitantes para suplir a los municipios en aquellas competencias que no pueden ser ejercidas por ellos mismos.

Son partidarios de que el nuevo sistema arbitre mecanismos para que los municipios puedan unirse.

Insisten en que la atribución de competencias deberá ir acompañada de la financiación adecuada y en que las transferencias desde otras Administraciones tendrán carácter incondicionado, sin que se pueda superar el 10 por ciento en financiación condicionada.

Para evitar duplicidades, la FEMP pide que el nuevo sistema de competencias locales incluya un listado de 24 materias sobre las que ejercer su potestad.

Una ley sectorial estatal o autonómica podrá modular esa lista o ampliarla.

En la lista inicial se contemplan urbanismo, medio ambiente, abastecimiento de agua potable, infraestructuras viarias, bienestar y asistencia social primaria, seguridad y policía local, protección civil, tráfico, transporte de mercancías, políticas activas de empleo, promoción turística o el padrón municipal.

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