Una juez ordena el embargo preventivo de siete fincas de Nueva Rumasa
El Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid ha ordenado el embargo preventivo de siete fincas propiedad de Nueva Rumasa solicitado por Inversiones Insulares Radó, sociedad de la familia Radó, en el marco de una demanda contra los Ruiz-Mateos por impago en una operación de venta de hoteles.
A través del auto la juez requiere a Nueva Rumasa que abone al acreedor 1,2 millones de euros (910.573 euros en concepto de principal, 20.385 euros por gastos y 279.287 euros en concepto de intereses de demora) y ordena el "inmediato embargo preventivo de los bienes del deudor, por las cantidades expresadas, por si no se atendiera al requerimiento".
En concreto, se decreta el embargo de cuatro fincas propiedad del Grupo Dhul, dos de Clesa y una cuya mitad pro indivisa es propiedad de Alfonso Ruiz-Mateos Rivero. Las fincas están radicadas en San Roque (Cádiz), Alcalá de Guadaíra (Sevilla), Alicante, Valverde de la Virgen (León), Jaén y en los municipios valencianos de Aldaya y Picanya.
Según informaron fuentes judiciales, se trata de un procedimiento judicial cambiario, no declarativo, que implica ordenar el embargo solicitado por la parte demandante en función del artículo 821 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Además, indicaron que el procedimiento se encuentra en una fase inicial, toda vez que aún no se ha requerido a las partes ningún tipo de información.
Contra el auto no cabe recurso, aunque Nueva Rumasa puede presentar una demanda de oposición al juicio cambiario. En todo caso, la oposición no deja sin efecto el embargo preventivo acordado.
Según avanzó el diario de Baleares æscaron;ltima hora, la demanda fue interpuesta por el impago de parte del importe derivado de la venta de dos hoteles 'Beverly' en 2008, que se cerró por 69 millones de euros (a abonar en distintos plazos en forma de pagarés nominativos).
El auto que ordena el embargo corresponde sólo a la parte de la familia Radó, que contaba con una participación minoritaria en estos activos.
"Conducta deliberadamente incumplidora"
Por su parte, la familia Ruiz-Mateos ha explicado que la entidad compradora de las mercantiles Estancia Hotelera y Maspalomas "se ha visto obligada de manera cautelar a suspender todos los pagos que puntualmente venía satisfaciendo a los vendedores", por su conducta "deliberadamente inclumplidora" de sus obligaciones contractuales.
La suspensión de los pagos es, según indicó en un comunicado, una "medida excepcional" que fue pactada entre las partes en el momento del otorgamiento del contrato de compraventa.
"La entrada en vigor de la mencionada cláusula obedece única y exclusivamente a la conducta deliberadamente incumplidora de los vendedores en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, entre las que se encuentra la obligación de dotar a las instalaciones hoteleras sitas en Canarias de las licencias oportunas", explicó.