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Medios de comunicación

Competencia autoriza a Sogecable la toma de control exclusivo de Audiovisual Sport

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha remitido al Ministerio de Economía y Hacienda un informe en el que recomienda la aprobación de la operación de toma de control exclusivo de Audiovisual Sport (AVS) por parte de Sogecable, que posee un 75% de su capital. AVS gestiona los derechos de retransmisión televisiva de los clubes de fútbol españoles en las competiciones de la Liga y la Copa del Rey.

La operación, que fue notificada por Sogecable al Servicio de Defensa de la Competencia, consiste en la compra por parte de Mediaproducción (Mediapro) del 25% del capital de AVS, mientras que el anterior socio minoritario de esta última, TVC Multimedia, sale del accionariado. Los acuerdos contemplan al mismo tiempo la eliminación de los estatutos sociales del requisito general de mayoría del 85% del capital social para la toma de decisiones en el seno de AVS.

El Tribunal asegura en su informe que ha analizado la estructura de los mercados afectados y los efectos de la operación en los mismos. Tras estos trabajos, Defensa de la Competencia ha autorizado la operación, y aconseja el cumplimiento de una serie de condiciones. Entre ellas, AVS deberá garantizar el acceso de terceros sin exclusiva y en condiciones transparentes y no discriminatorias a las imágenes de los partidos emitidos a través de pago por visión. Y, en caso de aumentar el número de partidos emitidos bajo esta fórmula, deberá hacerlo en régimen de no exclusiva. Además, AVS deberá permitir el acceso de terceros sin exclusiva y en condiciones objetivas a los partidos emitidos por internet, telefonía móvil y otros mercados que puedan surgir.

A su vez, el plan de actuaciones que desarrolle estas condiciones deberá habilitar mecanismos de resolución de conflictos que permitan la solución de controversias de forma rápida y eficiente.

En cualquier caso, AVS podrá solicitar la supresión o modificación de estas condiciones si se producen cambios sustanciales en las condiciones de competencia de los mercados afectados.

El informe del Tribunal no es vinculante. Ahora, una vez que el Ministerio de Economía tiene en su poder esta resolución, se abre un plazo máximo de un mes para que el Consejo de Ministros adopte la decisión definitiva sobre la operación.

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