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Resolución

Las multas de tráfico no son recurribles en vía económico administrativa

Una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha estimado que los órganos correspondientes al ámbito económico administrativo no tienen capacidad para decidir acerca de un procedimiento sancionador en materia de tráfico. Así, según la resolución, recogida por el portal de servicios jurídicos Datadiar.com, 'todo pronunciamiento de un órgano de esta vía sobre materias ajenas vendrá viciado de nulidad de pleno derecho por incompetencia manifiesta'.

El caso concreto analizado por el TEAC tiene su origen en una providencia de apremio de una multa de tráfico que emitió la dependencia de recaudación de la Agencia Tributaria. Contra esta providencia, el multado presentó un recurso ante un Tribunal Económico Regional (Tear) que la anuló por considerar que había prescrito aunque él sólo alegó falta de notificación. Y precisamente, esta valoración sobre la prescripción es la que según la actual resolución es nula porque 'el procedimiento sancionador en materia de tráfico escapa al ámbito competencial de los órganos de esta vía'. Además, el TEAC afirma que el régimen de la prescripción del procedimiento tributario no puede utilizarse en el ámbito recaudatorio.

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