Regulación

La CNMV prohíbe la publicidad de los productos de alto riesgo para los particulares

El supervisor da un paso más en la protección a los pequeños inversores

Sede de la CNMV.

La protección al inversor minorista de las posibles pérdidas generadas por la inversión en productos complejos es una de las prioridades en los últimos años de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Nueve meses después de que el regulador lanzara una consulta pública para dar un paso más en el control sobre los contratos financieros de diferencias (CFD), el regulador aprobó una resolución que prohíbe la publicidad de estos productos entre los inversores minoristas y el público en general. Junto a esta medidas se incluye la prohibición de los patrocinios, la publicidad de marca y el uso de famosos.

Con estas medidas prevé reforzar la protección del inversor, ya que en actualidad, los CFD, que son productos complejos y de elevado riesgo, continúan siendo el principal producto derivado comercializado entre los minoristas, los cuales en un alto porcentaje –entre el 70% y el 90%, dependiendo de las entidades– sufren pérdidas.

El supervisor financiero calcula que cada año se movían en España cerca de 300.000 millones de euros por inversiones minoristas en CFD, la mitad con brókers nacionales y la mitad con extranjeros.

Desde 2019, la CNMV había intensificado la actividad supervisora en este ámbito, lo que había supuesto el cese de la actividad con minoristas en España de 12 entidades extranjeras que prestaban servicios sobre CFD sin presencia física, y el cierre de dos entidades con establecimiento o agente en España.

Sin embargo, la CNMV considera que las medidas aprobadas no han sido eficaces para proteger suficientemente a los minoristas, ya que, aunque inicialmente, supusieron una reducción en la contratación de CFD, las prácticas comerciales agresivas y una publicidad masiva mediante internet y redes sociales, han restado efectividad a las restricciones.

“Los brókers de CFD utilizan unas técnicas comerciales muy similares a las que utilizan las páginas web de apuestas online. Gastan mucho dinero en captar nuevos clientes porque saben que después les van a desplumar a comisiones”, resume el máximo responsable de una firma española de corretaje.

El encarecimiento de los costes de adquisición de clientes se debe, fundamentalmente, en las caras campañas de publicidad que utilizan este tipo de corredores de activos financieros.

La CNMV llevaba valorando desde el año pasado la posibilidad de prohibir por completo la publicidad para este tipo de productos, por su escaso valor para el cliente final. Desde que se inició la ofensiva contra este tipo de brókers, han sido muchas las entidades que han decidido dejar de operar en España, especialmente las que tenían su sede en Chipre. También desde la Comisión Europea se ha tratado de limitar la distribución de estos productos.

¿En qué consiste este tipo de productos?

Derivado financiero.  Los llamados contratos por diferencias (CFD’s por sus siglas en inglés) son un derivado financiero complejo en los que el inversor y la entidad acuerdan intercambiar la diferencia entre los precios de compra y de venta de un activo subyacente.
Operativa.  Permite obtener beneficios con los movimientos en el precio de los valores sin necesidad de tener en propiedad el activo subyacente. Además, se puede apostar por la subida del valor (posiciones largas) o por su desplome (posiciones cortas).
Intradía.  Este tipo de productos se utilizaba originalmente por inversores cualificados que buscaban hacer rápidas operaciones intradía, aprovechando de forma instantánea ineficiencias que percibían en los mercados. Los CFD pueden ser un instrumento práctico para gestores profesionales, pero en un pequeño cliente se convierten en un arma muy peligrosa.

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