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En colaboración conLa Ley

Neutralidad política y derecho a competir en los Juegos Olímpicos de Invierno

El COI ha sido inflexible con la exigencia de las sanciones impuestas a los países, si bien, en cuanto a los deportistas, ha reconocido desde un principio el derecho a participar en las grandes competiciones internacionales

El esquiador chileno Henrik Von Appen, durante las Olimpiadas de invierno de 2018, en Pyeongchang (Corea del Sur).Alexis Boichard/Agence Zoom (Getty Images)

En estos días, con ocasión de la inminente celebración de los Juegos Olímpicos de Invierno en Milano-Cortina en febrero de 2026, se ha vuelto a poner de manifiesto el enfrentamiento directo entre el derecho de los deportistas rusos y bielorrusos a participar en competiciones internacionales de alto nivel -campeonatos del mundo y Juegos Olímpicos- y el respeto al veto impuesto en febrero de 2022 a estos países a partir de la invasión de Ucrania.

Recordemos que este veto, de obligado respeto por todas las federaciones deportivas internacionales, consiste en prohibir a los países citados la organización de estos grandes eventos deportivos, así como impedir a los deportistas rusos y bielorrusos representar a sus países portando equipaciones, banderas y signos identificativos de aquéllos y vetar la participación como jueces y organizadores de quienes ostenten o hayan ocupado puestos de responsabilidad en los gobiernos de estos países.

El Comité Olímpico Internacional se ha venido manteniendo inflexible con respecto a la exigencia de las sanciones impuestas a los países, si bien, en cuanto a los deportistas, ha reconocido desde un principio el derecho de estos a participar en las grandes competiciones internacionales, facilitando esa participación mediante la confección de una lista de nacionales de los países sancionados que públicamente habían manifestado su desacuerdo con la acción invasora y la posibilidad para todos ellos de competir en el grupo denominado “Individual Neutral Athletes” (Deportistas Individuales Neutrales, DIN).

El 11 de diciembre pasado se celebró en Lausanne el XXIV Olympic Summit, en un contexto en que son muchas las federaciones internacionales que, en su normativa interna, no permiten a los deportistas de sus respectivas disciplinas participar en el grupo neutral indicado. Sin embargo, del encuentro ha emanado la recomendación de que las federaciones internacionales permitan a los deportistas de Rusia y Bielorrusia representar a sus países -incluso con exhibición de sus respectivas banderas e himnos nacionales-, sustentada sobre la trascendencia que para el movimiento olímpico tiene el mantenimiento de la neutralidad política.

Esta recomendación surge en un momento de transición en la que se está produciendo, como indicamos a continuación, un regreso a la gran competición de deportistas afectados por la suspensión, en la que conviven la reapertura a Rusia por el Comité Paralímpico Internacional, el modelo del Comité Olímpico Internacional basado en la neutralidad política y las federaciones internacionales que mantienen su autonomía regulatoria en los procesos de selección.

Hasta el momento son el Tribunal de Arbitraje del Deporte (CAS) y otros organismos judiciales los que se están posicionando a favor del derecho de los deportistas a participar, a partir de los recursos presentados por estos, invocando su legitimidad para participar en campeonatos del mundo y juegos olímpicos de deportes de invierno.

Así, resoluciones favorables a estas pretensiones están exigiendo de las federaciones internacionales la inscripción en el grupo DIN de quienes por méritos deportivos habían alcanzado su derecho a participar. Este ha sido el caso del esquí, cuya federación internacional, a pesar de no contemplar la participación de esquiadores con estatus de DIN, ha acatado la decisión del CAS permitiendo la participación en los Juegos de Milano-Cortina de los deportistas que reúnan los requisitos exigidos por el Comité Olímpico Internacional a tales efectos, incluyendo en el citado grupo a nueve deportistas de nacionalidad rusa y bielorrusa.

Por otra parte, los lugers rusos han sido admitidos para competir en la segunda ronda de la Copa del Mundo de la Federación Internacional de Luge 2025-2026. En situación de conflicto se mantienen otros deportes, como el que afecta a deportistas de biathlon en su objetivo de conseguir su inscripción en los próximos Juegos de Invierno.

A pesar de la resistencia de varias de las más influyentes federaciones deportivas nacionales de Europa y aun cuando el Comité Olímpico Ruso sigue sancionado y el país vetado para la organización de eventos deportivos internacionales, la declaración del Comité Olímpico Internacional de la pasada semana podría entenderse como el anticipo de un inminente cambio de esta situación.

Lo experimentado en estos años y, en particular, en los últimos meses, invitan al propio Comité Olímpico Internacional a reconocer que el concepto de neutralidad política en el contexto del movimiento olímpico necesita una revisión a través de la propia de las normas que lo sustentan si la aspiración es que el deporte juegue un papel unificador en una época de convulsión geopolítica frente a la tendencia mundial a promover el conflicto por encima de la búsqueda exhaustiva de soluciones diplomáticas.

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