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Tribuna

Nuevo permiso de nacimiento o cómo cumplir con la Directiva (UE) 2019/1158 de soslayo

La nueva ley cumple a mínimos con Europa para proteger el monedero estatal

El 30 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 9/25, que amplía el permiso de nacimiento y cuidado con la misión prioritaria de transponer totalmente, y así cumplir con dicha directiva para evitar más sanciones. La extraordinaria y urgente necesidad requerida para la publicación de este tipo de normas queda justificada, precisamente en el procedimiento de infracción de la Comisión Europea.

No hay que ser juristas para entender que ponderar el interés de la infancia y de las familias en general velando por una verdadera corresponsabilidad social, es lo que tendría que llevar a mejorar la legislación en relación a los cuidados. Sin embargo, lo que mueve son otros intereses: cumplir a mínimos con Europa para proteger el monedero estatal.

En cuanto a las familias monoparentales, de cuya lucha soy partícipe desde hace años, el texto reconoce que la necesidad de la ampliación de sus permisos surge de la acción de nuestro propio Tribunal Constitucional según sentencia 140/2024, de 6 de noviembre que exige, por razones de seguridad jurídica, reflejo normativo inmediato y simultáneo a la transposición.

La modificación la encontramos en el artículo 48 puntos 4 y 5 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (y su homólogo en el EBEP, es estatuto de los empleados públicos), es decir, nacimiento. Este permiso desde el día hoy, 31 de julio, consta de 19 semanas personales e intransferibles y se distribuyen de la siguiente manera: seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que serán obligatorias y habrán de disfrutarse a jornada completa; 11 semanas (22 semanas en el caso de monoparentalidad), a disfrutar hasta los 12 meses del bebé, a voluntad de la persona trabajadora en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida. Puede disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial; dos semanas de disfrute flexible (cuatro en el caso de monoparentalidad), para el cuidado de la criatura que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años. Puede disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial.

Este nuevo permiso de nacimiento es retribuido al 100% según el IPREM vigente en cada momento. Y pueden beneficiarse del mismo tanto empleados por cuenta ajena (sector privado o público), como personas en RETA (autónomos).

Visto así no podemos decir que no hayamos mejorado sensiblemente en cuanto a cuidados especialmente para jóvenes, pero yendo al detalle se antoja una modificación insuficiente para las familias y cuya única misión es evitar la sanción europea.

¿Cuándo entra en vigor todo esto? La semana de más por nacimiento (es decir, hasta la 17), entra en vigor a partir del 31 de julio para todos los partos. Las dos nuevas semanas de disfrute flexible hasta los 8 años de edad de la criatura, podrán solicitarse y cobrarse a partir del 1 de enero de 2026 para partos producidos desde el 2 de agosto de 2024, fecha límite que nos dio Europa para terminar de transponer la directiva.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, declaraba este martes tras el Consejo Ministerial que se han aprobado 19 semanas de permisos retribuidos, más las tres semanas de lactancia que ya teníamos: “Tenemos por tanto 22 semanas retribuidas con lo que cumplimos con la directiva con creces”. Pero la ministra no explica los siguientes puntos que crean evidentes agravios y diferencias entre las familias.

En cuanto al permiso de lactancia o del cuidado del lactante en su modalidad acumulada, hay que recordar que no todas las personas trabajadoras tienen tres semanas seguidas de disfrute. Esto dependerá del tipo de contrato de cada cual. Por lo tanto, habrá personas que no alcancen dichas de 22 semanas.

Además, debido al efecto retroactivo dado a las dos semanas de disfrute flexible hasta los 8 años de las criaturas, las familias con hijos e hijas nacidos antes del 2 de agosto de 2024 no van a poder disfrutarlas, aunque dichos menores aún no hayan alcanzado la edad de 8 años. Esto contradice lo anunciado por el Ejecutivo que siempre “prometió” retribuir cuatro de las ocho semanas del famoso permiso parental creado por Real Decreto-ley de junio de 2023. Este permiso, al igual que el permiso del cuidado del lactante, no se han visto modificados.

Cierto es que las normas no tienen por qué alcanzar a hechos anteriores a su entrada en vigor pero en este concreto caso, y como decía al inicio, ponderar los intereses de los menores hubiera requerido de más ambición legislativa y presupuestaria para alcanzar a más familias y demostrar así que el real espíritu de la modificación fuera velar por la conciliación y la corresponsabilidad social. Con todo esto, se entiende el descontento generalizado.

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