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Los datos personales de los deportistas en materia de dopaje gozan de una protección reforzada

Los atletas tienen derecho a una administración justa, legal y segura de su información por parte de las organizaciones antidopaje que colectan, utilizan y comparten dichos datos

agencia getty

La Sala del Tribunal Supremo ratifica una sentencia de la Audiencia Nacional en la que se confirmaba una sanción impuesta por parte de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) a la Agencia Española de Protección de la Salud del Deporte (AESPAD), por haber publicado los datos de salud de un deportista en el marco de un expediente sancionador, motivo por el cual la AEPD estableció una infracción de carácter muy grave.

Conforme a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) se considera como dopaje, entre otros hechos, “la presencia de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos o marcadores, en la muestra biológica de un deportista. Así como el “uso, o tentativa de uso, de una sustancia o método prohibido”.

Los deportistas tienen derecho a una administración justa, legal y segura de su información personal por parte de las organizaciones antidopaje que colectan, utilizan y comparten dicha información, incluyendo el derecho a ser mantenido informado sobre su procesamiento, el acceso a una copia de la información y a exigir que esta se borre una vez cumplido todo legítimo propósito antidopaje tal y como refleja el Acta de Derechos Antidopaje de los Deportistas, aprobada por el Comité Ejecutivo de la AMA el 7 de noviembre de 2019.

Quizás ante este pronunciamiento cabría reflexionar sobre la inclusión en esta carta de naturaleza del derecho del deportista a la no revelación y/o publicación de los datos de salud en el marco de un expediente sancionador por parte de los responsables del tratamiento de estos datos, no en vano se trata de datos referentes a la salud siendo de aplicación entre otras normas el reglamento de desarrollo de la ley de lucha contra el dopaje en el deporte (Real Decreto 792/2023) el cual ya recoge una previsión en esta materia.

Los datos de salud que se utilizan para la detección del dopaje son entre otros, muestras biológicas de orina, sangre u otras muestras fisiológicas cuyo uso estuviera autorizado y reconocido por la Agencia Mundial Antidopaje, así como los datos procedentes del Pasaporte Biológico de las personas deportistas.

Más allá de esta situación la realidad es que no es la primera vez que los datos personales de los deportistas relacionados con la salud son motivo de debate, recordemos la polémica surgida por el caso del ex jugador del Real Madrid, Gareth Bale, el cual no consentía que el club hiciera publicación alguna en relación a sus lesiones.

Hemos naturalizado y normalizado los frecuentes comunicados de clubes informando sobre el tipo de lesión, su evolución, tiempo de recuperación. El Tribunal de Estrasburgo de Derechos Humanos ya subrayó que el hecho de que una persona sea famosa no suprime su expectativa legítima de ver protegida su privacidad. Así, deberá equilibrarse el derecho a la libertad de expresión (o de información) con el derecho a la intimidad y la vida privada.

En estos casos entran en liza diferentes situaciones, por un lado, los derechos del jugador – el trabajador en este caso – y por otro, las obligaciones del empresario en materia de vigilancia de la salud en función de los riesgos inherente al trabajo para lo cual se requiere consentimiento por parte de este conforme a la ley de prevención de riesgos laborales.

En general los datos personales de los deportistas son cada vez más todo un reto para los clubes, federaciones o entidades deportivas en un contexto como el actual donde la tecnología utilizada en el ámbito del deporte tiene cada vez más relevancia en materia de rendimiento deportivo, prevención de las lesiones, vigilancia de la salud o estadística táctica, entre otros.

Así como en el plano audiovisual o del entretenimiento donde no son pocos los partidos de fútbol que se retransmiten en los que participan menores de edad o se producen grabaciones para analizar posteriormente sus habilidades o dar seguimiento por parte de scouters como herramienta de evaluación del talento.

La mejor receta será siempre contar con un buen asesoramiento especializado que nos permita anticiparnos a eventuales incumplimientos.


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