Venta a minoristas

Economía rebajará la inversión mínima en fondos de capital riesgo a 10.000 euros

Los pequeños inversores podrán acceder a estos productos, ahora vetados para ellos. El umbral se sitúa en España en 100.000 euros

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. EFE

Invertir en capital riesgo, el gran boom de los últimos tiempos, gracias a su objetivos de rentabilidad que superan habitualmente el 10% y llegan hasta el 20%, estará al alcance de los pequeños inversores. El Ministerio de Asuntos Económicos prepara la rebaja del umbral mínimo para apostar en este tipo de vehículos desde 100.000 euros a 10.000, según un anteproyecto de ley. Se abre la puerta así a que la banca pueda distribuir este producto entre sus clientes de oficina si cumplen unas características.

Las palabras mágicas son dos: private equity. Estos vehículos, denominados entidades de capital riesgo en España, ejecutan operaciones en todo tipo de empresas, habitualmente no cotizadas, con plusvalías de doble dígito al menos. Son actores clásicos en las fusiones y adquisiciones (M&A). La última gran compra liderada por uno de estos vehículos ha sido la adquisición por parte del estadounidense Bain de ITP Aero a Rolls-Royce para llevarla a Bolsa en unos años y embolsarse jugosos beneficios.

Los grandes patrimonios ya tenían acceso a este tipo de productos. La inversión mínima se sitúa en los 100.000 euros, igual a la de los fondos alternativos –conocidos también como hedge funds o fondos de cobertura–, y los departamentos de banca privada de las entidades españoles ofrecían a determinados clientes su participación en este tipo de vehículos.

Una de las operaciones de relumbrón justo antes de que estallara la pandemia fue la venta del 37% de Cepsa a Carlyle. El área de banca privada de Bankinter buscó family offices españoles para que acompañaran al gigante estadounidense del private equity. En este caso, el nombre de la empresa estaba negro sobre blanco, pero en la mayoría de los casos estos vehículos solo tienen asignada un área de actividad: infraestructuras, tecnología, energía o medicina. Las rentabilidades son potencialmente elevadas, pero también el peligro. Ni mucho menos todas las operaciones son exitosas. En casos extremos, las pérdidas llegan al 100%.

En España, solo los inversores con 100.000 euros pueden adquirir este tipo de productos. Estos deben además declarar en un documento que son conscientes de los riesgos. Para el resto, esta inversión está vetada. Pero el ministerio que dirige Nadia Calviño trabaja para cambiar esta situación.

Como alternativa a la exigencia de los 100.000 euros, "se permitirá la comercialización a minoristas con test de idoneidad y un peso proporcional de estas inversiones limitado en el conjunto de la cartera", señala el anteproyecto de ley de Asuntos Económicos.

El peso respecto a las inversiones del cliente no se detalla. Se establecerá en una normativa posterior, del propio ministerio o de la CNMV, la que establezca las características singulares de la información para valorar la idoneidad de un cliente y también el porcentaje respecto al total de su cartera.

"Se abre una importante oportunidad para las gestoras de capital riesgo y las bancas personales y privadas de dirigirse de manera activa a inversores minoristas para comercializar vehículos de capital riesgo. Será preciso que las gestoras que quieran comercializar sus vehículos entre este colectivo refuercen sus procedimientos de control interno y que los comercializadores revisen los test de idoneidad", avisa Gloria Hernández Aler, socia de finReg.

Ahora, la única manera de los particulares para apostar por el capital riesgo eran fondos de inversión que destinaran una parte a estos activos. Pero las carteras clásicas solo pueden destinar como máximo el 10% a este tipo de productos. Esta medida se produce en paralelo a la reducción de la inversión mínima en fondos alternativos. Con este cambio, también en trámites, los minoristas que realicen su inversión atendiendo a una recomendación podrán invertir en fondos alternativos a partir de 10.000 euros, como publicó CincoDías el pasado 14 de julio. Eso sí, como mucho la inversión deberá representar el 10% de su patrimonio financiero.

Exigencias de información

Para empezar. Antes de que el cliente realice su compromiso de inversión, este recibirá por parte del vendedor “el folleto informativo, que contendrá el reglamento de gestión o los estatutos sociales, el informe anual”. Además, el informe anual deberá remitirse a los partícipes en los seis primeros meses de cada ejercicio.

Liquidez. La normativa, a diferencia de lo que ocurre con los fondos de inversión, no establece la obligación de que la gestora proporcione liquidez al partícipe de un fondo de capital riesgo. Y las fechas programadas para la devolución del dinero, con los intereses correspondientes, son elevados en este tipo de vehículos: entre 3 y 12 años. La buena noticia es que las participaciones son transferibles. Una opción sería crear fórmulas que permitan realizar con agilidad esas potenciales transacciones. Las cifras en España. La inversión en private equity subió en el primer semestre un 27% frente al mismo periodo del año anterior, hasta superar los 2.000 millones, según Ascri, la patronal del sector.

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