El Supremo ratifica una multa de 10 millones a Telefónica
La sentencia considera que concertó con la antigua Canal + la compra y explotación de los derechos del fútbol de tres temporadas
El Tribunal Supremo ha ratificado la multa de 10 millones de euros impuesta a Telefónica por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por una actuación concertada con Distribuidora de Televisión Digital (DTS) -la plataforma de Canal + que fue adquirida en 2015 por la operadora-, relativa a la reventa y explotación de los derechos de fútbol en las temporadas 2012-2013 a 2014-2015.
El alto tribunal, en una sentencia fechada el pasado 10 de mayo, rechaza el recurso d...
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El Tribunal Supremo ha ratificado la multa de 10 millones de euros impuesta a Telefónica por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por una actuación concertada con Distribuidora de Televisión Digital (DTS) -la plataforma de Canal + que fue adquirida en 2015 por la operadora-, relativa a la reventa y explotación de los derechos de fútbol en las temporadas 2012-2013 a 2014-2015.
El alto tribunal, en una sentencia fechada el pasado 10 de mayo, rechaza el recurso de la operadora contra el fallo de la Audiencia Nacional de diciembre de 2021. El organismo regulador sancionó a Telefónica con 10 millones por una infracción muy grave de la ley de Defensa de la Competencia y a DTS le impuso una multa de 5,5 millones.
La Audiencia Nacional ya ratificó en diciembre de 2021 esta sanción de la CNMC, que defendió que se distorsionó la competencia efectiva en los distintos mercados afectados. Se trataba de la reventa de derechos de retransmisión audiovisual de partidos de fútbol de la Liga y la Copa del Rey, el mercado de comercialización de derechos de retransmisión audiovisual de partidos de competiciones europeas de fútbol en Europa y el mercado de televisión de pago en España, entre otras.
Durante las temporadas que van de 2009 a 2012 la mayoría de los clubes de fútbol de Primera y Segunda División tenían cedida la explotación de sus derechos a Mediapro, que ésta comercializaba con los operadores. Sin embargo, entre 2012 y 2015 DTS se convirtió en un operador activo en el mercado de adquisición de derechos audiovisuales cuando se hizo con los derechos de varios clubes españoles. Ello hacía necesario un acuerdo entre DTS y Mediapro para determinar quién comercializaría esos derechos.
Aunque la Audiencia Nacional entendió la dificultad de constatar que hubo una concertación, dio por buenos los indicios presentados por la CNMC, dos acuerdos formales entre DTS y Telefónica, dos operadores con vínculos estructurales directos e indirectos entre sí en el momento en el que se produjeron las prácticas analizadas.
El Tribunal Supremo cree que “los hechos comprobados y ciertos de los que se deriva directamente la conducta infractora mediante una valoración razonable debidamente motivada se presentan como más verosímiles que las explicaciones alternativas” de Telefónica, de ahí que ratifique la sanción.
Un largo conflicto
Los hechos se remontan a agosto de 2012, Telefónica y DTS alcanzaron dos acuerdos para la comercialización de Canal+ Liga de Campeones y de Canal+ Liga que, a juicio de la CNMC, se enmarcaban dentro de una actuación concertada global entre DTS y Telefónica, para actuar de forma coordinada en la adquisición, reventa y explotación minorista de derechos audiovisuales del fútbol y privilegiar a Telefónica en relación con el resto de operadores de televisión de pago.
Para la CNMC, en relación con el Canal+ Liga de Campeones, Telefónica supo antes que el resto de operadores la estrategia de DTS de comercializar los derechos de la Liga de Campeones de manera exclusiva a un operador de telecomunicaciones. Por tanto, Telefónica contó con más tiempo que el resto de potenciales compradores para evaluar la adquisición de unos activos estratégicos muy costosos y planificar su estrategia comercial, así como con información privilegiada para evaluar las condiciones de rentabilidad y de riesgo de los mismos.
Además, DTS diseñó unas condiciones para la subasta de Canal+ Liga de Campeones que favorecieron a Telefónica y limitaron la competencia entre operadores de televisión de pago a la hora de presentar ofertas.
Por lo que respecta a Canal+ Liga, DTS diseñó su oferta mayorista a la medida de Telefónica y, al igual que con la Liga de Campeones, Telefónica conoció con anterioridad la estrategia y los precios de DTS. Todo ello colocó a Telefónica en posición de ventaja competitiva frente a los demás operadores, ya que pudo diseñar una estrategia comercial de explotación y promoción con antelación al inicio de la temporada.
Por tanto, DTS privilegió a Telefónica sobre el resto de operadores de televisión de pago en la adquisición de los derechos audiovisuales del fútbol; lo que, a su vez, habría reforzado de forma indirecta la posición de Telefónica en el ámbito de las telecomunicaciones, según los argumentos de Competencia.
En abril de 2015, Telefónica adquirió el control exclusivo de DTS, mediante la compra del 56% del capital social que aún no controlaba a PRISA (grupo editor de EL PAÍS). La CNMC aprobó esta concentración con compromisos, entre los que se encuentra la puesta a disposición de sus competidores del 100% de sus canales Premium, como los de la Liga de Primera División de fútbol o la Liga de Campeones.
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