Cuatro modelos para la pensión de viudedad en Europa

La mayoría de países exigen un tiempo cotizado por el fallecido o que fuera pensionista Los países emergentes son los más generosos

Pablo Monge

La financiación de las pensiones está abierta en canal en el Pacto de Toledo, y una de las cuestiones que más polémica suscitan cada vez que se aborda el coste del sistema es qué hacer con las pensiones de viudedad.

El secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, dijo la pasada semana en el Senado que “el hecho de que más de 1,1 millones de personas en tengan más de una pensión pública –por tanto, hay concurrencia de pensiones– y tengan ganancias de más de una pensión, es algo a lo que el sistema también tiene que prestar atención.”

Esta afirmación pone sobre la mesa una cuestión recurrente entre los expertos: cómo adecuar a la realidad actual la pensión de viudedad –concebida para una época en la que las mujeres no trabajaban–.

No obstante, esta no es la primera vez que España aborda esta cuestión. Hasta tres leyes de Gobiernos socialistas (en 2005, 2007 y 2011) recomendaron reformas más o menos integrales de la pensión de viudedad. Aunque hay que insistir en que cualquier reforma solo afectaría a futuras pensiones.

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Pero ¿qué hacen otros países con este tipo de prestaciones de supervivencia? La pensión de viudedad suele ser vitalicia en la inmensa mayoría de los países que la tienen, que también son mayoría. Si bien, la consultora de pensiones Aviva, que ha elaborado un estudio comparado de cómo se regula esta pensión en otros países, asegura que “de manera creciente, muchos países se suman a la modalidad de pagos únicos o regulares durante unos meses o años”.

En todos los países europeos se exigen periodos mínimos de cotización del fallecido o condición de jubilado, salvo en los países nórdicos, donde solo se pide que el perceptor cumpla las condiciones para estar dentro del sistema de protección social. Otro requisito común es que el perceptor resida en el país que paga la prestación o en otro con convenio bilateral. Asimismo, todos los países actualizan estas pensiones con el IPC, salarios u otra fórmula específica. A partir de ahí surgen diferencias y el estudio muestra cuatro modelos en Europa:

  • Modelo anglosajón (Reino Unido e Irlanda). Se caracteriza porque los pagos pueden ser únicos, varios pagos regulares por periodos determinados o también vitalicios, según los casos. Por lo general, esta pensión es compatible con rentas del trabajo, jubilación (salvo en Irlanda) y dependencia, pero incompatible con las prestaciones de incapacidad.
  • Europa central (Alemania Francia y Polonia). Tienen en común con los países del sur de Europa tres cuestiones: que su cuantía se calcula en función de un porcentaje de la pensión del fallecido o de su base reguladora si estaba en activo; que tienen complementos por personas dependientes. En estos países también hay límites máximos y mínimos vinculados a la pensión de jubilación. Y se caracterizan porque las pensiones de viudedad son compatibles con ingresos del trabajo pero solo hasta un límite máximo de ingresos. Y en los casos de compatibilidad entre varias prestaciones públicas se suele dar la posibilidad de que se elija la más favorable.
  • Europa del sur (España, Italia y Portugal). Además de las condiciones antes citadas que comparten con los países del centro de Europa, el modelo sureño se distingue por la total compatibilidad de las pensiones de viudedad con el resto de prestaciones y rentas del trabajo. Si bien con algunos límites vinculados a las rentas o a la pensión máxima. Es el caso de España, donde la suma de dos prestaciones públicas contributivas no puede superar la pensión máxima legal de cada año. En cuestión de límites, estos países son también los más generosos ya que no tienen topes de edad del beneficiario como en la Europa central o en algunos países anglosajones. Tampoco impiden su cobro a las exparejas como en los sistemas anglosajones y en algunos países de la Europa central. De hecho, abonan pensión de viudedad al cónyuge del fallecido, a sus parejas de hecho y exparejas dependientes económicamente. Aunque sí retiran la pensión en caso de nuevo matrimonio.
  • Países nórdicos (Suecia, Dinamarca y Holanda). Según el estudio de Aviva la pensión de viudedad tiene tendencia a la baja en estos países y, además, se enfoca progresivamente hacia rentas de duración corta, de pago único o solo para colectivos más vulnerables. La cuantía de estas prestaciones de supervivencia tiene que ver, como en la mayoría de países, con un porcentaje de la pensión del fallecido o de su base reguladora, pero su duración, con alguna excepción, es muy limitada (inferior a un año por lo general). En estos países la compatibilidad con otras pensiones de Seguridad Social está en función del país, pero lo más común es que sean incompatibles con las pensiones de jubilación.

Otros países del mundo

Los sistemas de pensiones de los países emergentes (como Brasil, Méjico o Marruecos) así como los países asiáticos (China, Singapur o Japón) también tienen prestaciones de viudedad. Estas son algunas de sus particularidades.

Los más generosos. En los países emergentes además de otorgarse estas pensiones de supervivencia a los cónyuges, parejas de hecho y exparejas –como en los países del sur de Europa–solo se exige que el fallecido haya cotizado por un periodo de tiempo o simplemente que estuviera dado de alta en la Seguridad Social en el momento del fallecimiento. En estos países, el porcentaje de la pensión o la base reguladora es mayor para los beneficiarios de más edad. La compatibilidad con otras prestaciones públicas o con rentas del trabajo también es total.

Los más exigentes. No todos los países asiáticos tienen pensiones públicas de viudedad, aunque el mercado privado sí las ofrece en todos los casos. Además de las parejas del fallecido se otorga a quienes haya sido destinados por él o ella. En caso de designación el beneficiario debe tener menos de 60 años. Su revalorización se vincula a las cuentas del sistema y a la esperanza de vida.

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