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Un tribunal del Ciadi condena a Perú a indemnizar a ACS y FCC por sobrecostes y daños en el metro de Lima

Las empresas tienen otras dos demandas de arbitraje en marcha contra el Estado peruano por el contrato de la línea 2

Un túnel del metro de Lima, en una imagen de la compañía FCC.
Un túnel del metro de Lima, en una imagen de la compañía FCC.
Miguel Jiménez

ACS, FCC y sus socios han ganado el primer arbitraje presentado contra Perú por las diferencias con respecto a la construcción de la línea 2 del metro de Lima. Los tres jueces del tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), organismo de arbitraje dependiente del Banco Mundial, han dictado su laudo esta semana. En él, condenan a Perú a pagar sobrecostes y daños por la construcción de la infraestructura. El consorcio, la sociedad Metro de Lima Línea 2, ha presentado otras dos demandas contra Perú que siguen su curso.

En marzo de 2014, ACS (25%), FCC (18,25%) se adjudicaron junto a otros socios el megacontrato para la construcción y explotación de la línea 2 del Metro de Lima por un importe cifrado entonces en 3.900 millones de euros. El plazo previsto para la fase de construcción era de cinco años, hasta 2019, y la fase de explotación se extendía durante 30 años, con una facturación prevista de 2.400 millones de euros.

La demanda de arbitraje ahora resuelta fue registrada en el Ciadi el 1 de febrero de 2017 por la sociedad Metro de Lima Línea 2, representada por Cuatrecasas. Alegaba la falta de entrega del área de concesión, los terrenos donde ejecutar las obras, en los términos y condiciones establecidos en el contrato y la falta de aprobación o aprobación tardía de los estudios de ingeniería de detalle. Durante 2018, mediante diversos escritos, se solicitó una ampliación del plazo de ejecución de las obras del proyecto, así como daños y perjuicios superiores a 700 millones de dólares que afectaban a diferentes partes implicadas en el proyecto: concesionario, grupo constructor, proveedor de material rodante, etcétera.

Perú rechazó las reclamaciones presentadas y formuló una contrademanda contra la empresa concesionaria reclamando una cantidad superior a 700 millones de dólares en daños socioeconómicos y medioambientales. Ambas reclamaciones se consolidaron en un único procedimiento. En mayo de 2019, tuvo lugar en Washington la vista en la que se tomó declaración a varios testigos, se presentaron dos rondas de escritos durante junio y julio de 2019 en relación con las cuestiones planteadas durante la audiencia y se presentaron escritos de clausura tanto por la empresa concesionaria como por Perú el 20 de septiembre de 2019.

El tribunal ya emitió el 6 de julio de 2021 una larga decisión de 244 páginas sobre jurisdicción y responsabilidad muy favorable a las empresas. Rechazó la contrademanda de Perú, declaró que Perú había incumplido su obligación de entregar dentro de los plazos acordados la mayor parte de las áreas para los trabajos de la Etapa 1A y en su totalidad de las áreas de las Etapas 1B y 2, y con ello los daños por retraso correspondientes. También falló que Perú había incumplido sus obligaciones contractuales relativas al procedimiento de supervisión y aprobación de los estudios de ingeniería de detalle y que había ejercido de manera incorrecta su función de supervisión.

Los árbitros dieron más plazo para la ejecución del proyecto, que se ejecuta por etapas y en parte está ya en servicio, y pidieron a las partes que calculasen los daños en función de esos criterios. La concesionaria rebajó sus pretensiones de 109 a 84,7 millones de dólares y los otros miembros del consorcio distintos de la concesionaria también realizaron un ajuste a los daños inicialmente reclamados. Perú, sin embargo, presentó cálculos alternativos mucho más bajos y la pelota quedó en manos del tribunal.

Laudo “favorable”

La cifra fijada en la decisión final, fechada el 21 de marzo, no ha trascendido. Sin embargo, el socio local peruano Cosapi, que tiene una participación del 10%, califica el laudo arbitral de “favorable para la sociedad concesionaria”. Dicha empresa ha explicado que el tribunal obliga al Estado peruano a pagar indemnizaciones por sobrecostes por instrucciones de cambio en el diseño de la línea 2 del Metro, daños económicos de construcción, indemnización por daños y perjuicios financieros, así como los intereses devengados desde el 31 de diciembre de 2018 hasta el pago efectivo de dichas indemnizaciones.

“Considerando que nuestra participación en la sociedad concesionaria y en los consorcios de construcción del metro línea 2 es minoritaria, nos encontramos a la espera de los cálculos oficiales de dichas entidades para evaluar el impacto que dichas indemnizaciones generarán en los estados financieros de Cosapi”, indica la sociedad en un llamado hecho de importancia registrado en la Superintendencia de Valores peruana.

La sociedad concesionaria, Metro de Lima Línea 2, presentó una segunda demanda de arbitraje en agosto de 2021, de nuevo por la falta de entrega de los terrenos y por los estudios de ingeniería de detalle, así como por la actualización de los sobrecostes, daños y perjuicios producidos a partir de las fechas de corte del primer arbitraje. En noviembre de 2021 aún llegó una tercera solicitud de arbitraje. En esta ocasión, por la falta de aprobación de las fórmulas para el ajuste de los avances de obra y de los avances de provisión, el retraso en la certificación y en el pago de los ajustes derivados de la aplicación de dichas fórmulas y el perjuicio económico y financiero derivado del retraso en el pago de los ajustes.

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Sobre la firma

Miguel Jiménez
Corresponsal jefe de EL PAÍS en Estados Unidos. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactor jefe de Economía y Negocios, subdirector y director adjunto y en el diario económico Cinco Días, del que fue director.
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