Vodafone gana una sentencia histórica contra las entidades de derecho musicales
Un juzgado condena a devolver a la operadora casi un millón de euros y abre la puerta a reclamaciones millonarias de las plataformas como Movistar + o Netflix


Vodafone se ha apuntado una victoria en los tribunales que puede abrir una catarata de reclamaciones por parte de otras operadoras que incluyen en su catálogo una televisión de pago como Movistar + y MasOrange y, sobre todo, de las plataformas de streaming como Netflix, Max, Disney+ o Prime Video. Un juzgado de lo mercantil le ha dado la razón frente a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi) y la sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes (AIE) al considerar que no todas las canciones que se incluyen en series y películas generan derechos de autor.
El juzgado de lo mercantil número 9 de Madrid, en una sentencia del pasado 20 de febrero, a la que ha tenido acceso este diario, condena a estas dos entidades de gestión a devolver 906.150 euros a Vodafone por las cantidades indebidamente cobradas por este concepto entre 2015 y 2020.
El fallo se basa en la jurisprudencia que sentó una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 18 de noviembre de 2020 que dictaminó que los artistas y sus sellos discográficos no tienen derecho a cobrar una remuneración equitativa por la comunicación al público de canciones sincronizadas en obras audiovisuales.
La sentencia, ratificada por el Tribunal Supremo en otro fallo en febrero de 2021, dio al traste con las pretensiones de las entidades de gestión AGEDI y AIE que reclamaban a Atresmedia más de 17 millones de euros por la difusión de fonogramas en series y películas entre 2006 y 2009. La sentencia eximía a las compañías de radiodifusión de pagar a estas entidades de gestión por el uso de obras musicales cada vez que se reproducen insertadas en películas, series o anuncios.
La argumentación es que un fonograma pierde su condición cuando entra a formar parte de una obra audiovisual, es decir, una película, serie o anuncio. Sin embargo, los tribunales dan la razón a las entidades de gestión en el caso de que esos fonogramas se incorporen a una grabación, es decir, cuando suenan en un programa (un concurso, por ejemplo) o en una entrevista.
Vodafone reclamó a AGEDI/AIE la devolución de lo abonado por estos derechos en un plazo retroactivo de cinco años desde la sentencia del TJUE, es decir, desde 2015 a 2020 como derechos remuneratorios que realmente no se deberían haber generado, por la explotación de prestaciones musicales incluidas en dichas grabaciones que contienen obras audiovisuales.
Informe de Kantar
La reclamación se basó en un informe de la consultora Kantar, que indicaba que estas grabaciones que contienen obras audiovisuales representaban solo un 49% de la oferta comercial de Vodafone, frente al 100% reclamado por las entidades de gestión. Dicho porcentaje representaba un importe de 906.150 euros abonado de más en el período indicado. Desde la sentencia del TJUE, Vodafone dejó de pagar cualquier cantidad a las entidades de gestión, que reclamaron al juez esos impagos, desde 2021 hasta el primer trimestre de 2024.
La sentencia en primera instancia condena a AGEDI/AIE por enriquecimiento injusto a devolver a Vodafone el importe abonado de más y, aunque estima parcialmente la reconvención lo hace conforme a los presupuestos del informe Kantar, y el 49% determinado, y las bases del contrato firmado por las partes. Es decir, que Vodafone tendrá que abonar las cantidades que dejó de pagar desde 2020 hasta la actualidad con el nuevo baremo descrito por la consultora Kantar.
Pero lo relevante de este proceso judicial es que ninguna otra empresa audiovisual había reclamado a AGEDI/AIE de acuerdo con la sentencia de Atresmedia, por lo que la demanda de Vodafone es pionera y el fallo que estima la pretensión de la operadora no tiene precedentes.
En este sentido, fuentes del sector apuntan que las plataformas de streaming ya están haciendo gestiones para iniciar reclamaciones similares pues, no en vano, son las que más fondos satisfacen por estos derechos debido a sus ingresos y a su producción audiovisual.
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