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‘El Rubius’, condenado a pagar 73.000 euros por defraudar a Hacienda en 2013

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma que debe abonar 49.629,72 euros de IRPF que no declaró y 23.140,92 euros como multa.

El Rubius
Rubén Doblas Gundersen, conocido como El Rubius, en uno de sus vídeos.
CINCO DÍAS

Rubén Doblas, más conocido como 'El Rubius', uno de los youtubers españoles más populares, ha sido condenado a pagar casi 73.000 euros por defraudar a Hacienda en 2013. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR), de Madrid de 30 de enero de 2020, que avaló la reclamación que la Agencia Tributaria hizo al creador de contenido por no pagar 49.629,72 euros correspondiente al Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) del ejercicio de 2013, más 23.140,92 euros como multa.

En una sentencia, con fecha del 22 de noviembre de 2022, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM explica que 'El Rubius' utilizó su empresa denominada El Rubius OMG, actualmente llamada Snofokk, para tributar Hacienda, pero al hacerlo a través del Impuesto de Sociedades, que tiene tipos más bajos que el IRPF. El streamer es socio mayoritario (98,7%) y administrador de dicha sociedad.

Esta técnica es conocida ya por Hacienda, después de que deportistas, artistas y distintas personalidades la hayan utilizado para ahorrase miles de euros en sus declaraciones, las cuales muchas de ellas han acabado en los tribunales.

"No se ajusta al valor de mercado"

Los magistrados confirman los argumentos del TEAR y señalan que el youtuber no tributó de manera correcta a la Agencia Tributaria. 'El Rubius' declaró haber recibido de su empresa, en 2013, 98.760,58 euros por la prestación de sus servicios profesionales, si bien el fisco considera que esta cifra "no se ajusta al valor normal de mercado". Según relata el TSJM en su resolución -que aún no es firme, pues contra ella cabe recurso-, 'El Rubius' ingresó cantidades superiores a las declaradas.

A lo largo de 14 páginas, la Sala recoge la sentencia que dictó en octubre de 2022, por la que condenó a 'El Rubius' a devolver a Hacienda otros de 15.979 euros, relativo al Impuesto de Sociedades de 2013, y recuerda que los "servicios prestados por Doblas a la sociedad vinculada eran los mismos que ésta prestaba a terceros". La empresa no tenía "ni trabajadores ni colaboradores" a cargo de la empresa y su inmovilizado solo constaba de “equipos informáticos, videocámara, auriculares, motocicleta y derechos de propiedad intelectual", que consisten en el conjunto de vídeos que difunde 'El Rubius'.

Así, el tribunal concluye que la inclusión de sus rendimientos en la declaración de la sociedad y no como persona física "determinó una tributación inferior a la que correspondía por aplicación del valor de mercado". Añade que 'El Rubius' es el único que generó dichos ingresos por su actividad de creador de contenido y por tanto debió tributar parte de su salario como IRPF.

Es más, subraya que todos los contratos firmados con otras empresas exigían la intervención personal de Doblas, "cuyas cualidades profesionales eran la causa de la contratación con la sociedad actora y, por ello, de la obtención de ingresos por ésta".

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