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¿Qué cotización hay que tener en cuenta para las indemnizaciones por 'criptoestafas'? La Audiencia nacional fija el criterio

Determina que la compensación se debe establecer según la cotización de la moneda virtual en el momento de la finalización de cada contrato.

CINCO DÍAS

¿Qué cotización se debe tener en cuenta a la hora de fijar las indemnizaciones a estafados con criptomonedas? Esa es la pregunta que afectados, investigados y jueces se llevan un tiempo haciendo, en un momento en el que los tribunales comienzan a conocer, cada vez con más frecuencia, causas de estafas piramidales relacionadas con la inversión en monedas virtuales. La Audiencia Nacional ha hecho esta reflexión y ha determinado qué aspectos se deberán tener en cuenta a la hora de fijar las cuantías a devolver.

 “La indemnización por lucro cesante debe extenderse al valor de la cotización del bitcoin en el momento de la finalización de cada contrato y no sobre expectativas futuras e inciertas”, concluyó la Sección Tercera de la Sala de lo Penal en un escueto auto, con fecha del pasado 30 de noviembre, en el marco de la investigación penal que se sigue contra las operaciones de Algorithms Group, liderado por Javier Biosca, fallecido repentinamente en noviembre, tras precipitarse desde un quinto piso.

De este modo, la resolución, de la que ha sido ponente el exministro de Justicia y ahora magistrado del Tribunal Constitucional, Juan Carlos Campo, ha sentado un precedente, ya que aclara que el pago para resarcir el daño causado por las presuntas estafas dependerá del valor que las criptomonedas tuvieran en la fecha de expiración de cada contrato firmado por inversor y compañía.

"Medio de pago directo"

Asimismo, los magistrados subrayaron que los acuerdos suscritos no se deben entender como contratos depósito, sino como contratos financieros, ya que, tal y como definió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia del 22 de octubre de 2015, el bitcoin se debe concebir como un “medio de pago directo entre los operadores que así lo acepten”.

De este modo, la Audiencia ha dibujado una solución intermedia entre lo que persiguen, en general, los investigados y lo que buscan los perjudicados. Unos, en caso de verse abocados a devolver dinero tras una eventual condena, prefieren que la indemnización se base en los ingresos iniciales; y los otros defienden su derecho a recuperar también las rentabilidades generadas y que se han perdido.

Y este ha sido, precisamente, una de las principales discusiones que ha planeado sobre el procedimiento judicial abierto contra Biosca por la presunta estafa de alrededor de 800 millones de euros a miles de inversores y que ahora sigue adelante contra la mujer del ‘bróker’, Paloma Gallardo, y el hijo de ambos, Sergio Biosca, también imputados.

Tras casi dos años de investigación, en la que, de forma paralela, la defensa del empresario y los representantes de los afectados han abierto vías extrajudiciales para llegar a un acuerdo (que nunca se alcanzó), la conclusión ha llegado finalmente en manos de los magistrados de la Audiencia Nacional, que, a su vez, han valorado positivamente que el juez instructor encargado del caso haya confiado en un perito judicial la concreción de quiénes de todas las personas personadas como víctimas son realmente perjudicados y cuánta cantidad le ha sido realmente detraída.

Pruebas sobre las inversiones

El juez instructor de la Audiencia Nacional Alejandro Abascal, que investiga el caso de Algorithms Group, decidió en julio de 2022 abrir una pieza separada en la causa para perfilar individualmente el perjuicio que presuntamente habría ocasionado Biosca a cada uno de los inversores que reclaman su dinero por la vía judicial. Para ello, ha solicitado a los abogados de los afectados (la mayoría concentrados en plataformas) que presenten un contrato válido, “debidamente firmado”, donde se refleje las condiciones y la cantidad invertida, junto al justificante de transferencia bancaria o transacción de bitcoin.

Para aquellos que no aporten dicho documento, porque hayan entregado el dinero en efectivo, el juez pidió una prueba, con acuse de recibo, que acredite dicha entrega a Biosca.

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